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La decisión de la Suprema Corte que preocupa a México

Una resolución del máximo tribunal mexicano le abre la posibilidad a miles de detenidos de salir de prisión, lo que ha sido criticado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, entre otros.
mié 12 julio 2017 10:49 AM
Decisión polémica
Decisión polémica Los ministros justificaron su resolución por el hecho de que la prisión preventiva debe ser una excepción y no la regla. (Foto: Cuartoscuro/SCJN)

México se debate en una dura polémica judicial, luego de que se abriera la posibilidad de que miles de personas detenidas salgan libres.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación está detrás de la decisión: el 5 de julio, resolvió que los procesados en el sistema penal mixto puedan solicitar la revisión, modificación y sustitución de la prisión preventiva.

En términos simples, quiere decir que quienes tienen sus expedientes entre el anterior y el nuevo sistema penal acusatorio –que es oral y entró en vigencia el 18 de junio de 2016– pueden pedir que se les levante o modifique su medida de aseguramiento en centros carcelarios. ¿La disputa? Algunas voces sostienen que miles de reos regresarían a las calles.

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El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera, es uno de los que criticó la medida.

“La expectativa con esa determinación es que pudieran salir 4,000 personas de prisión, entonces ante eso habrá que preparar a la sociedad. Y la Unidad Técnica de Prevención Social de las Violencias es una buena vía, este es un buen camino”, afirmó el 7 de julio, justo el día que se firmó el decreto para dicha entidad.

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Este domingo, en declaraciones a medios locales tras un partido de futbol, Mancera aclaró que esa cifra sería sólo para su entidad pero que en todo el país la cifra aumentaría “muchos miles más”.

Sin embargo, el ministro de la Suprema Corte, José Ramón Cossío, tiene otra opinión. Durante una rueda de prensa explicó que con su decisión el alto tribunal no ordenó la liberación inmediata de los reos.

La orden fue clara: abrir la opción a audiencia, la diligencia para que los internos puedan solicitar dicha revisión de libertad, detalló, de acuerdo con un comunicado del Poder Judicial.

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De hecho, ahí tendrán que argumentar las razones para que suspenda la prisión preventiva y tanto el Ministerio Público como las víctimas pueden refutar la petición. “No está diciendo la Sala y nunca dijo eso y está clarísimo en el proyecto de sentencia que mañana va a decir todas las personas que estén en prisión preventiva por favor sírvanse abandonar el penal, eso nunca se dijo eh, simplemente se dijo pueden abrir una audiencia”, indicó Cossío.

Pero para Mancera el tema va más allá. El jefe de Gobierno sostuvo en la misma conversación con los medios que la preocupación también radica en las revisiones que tendría que hacer el Ministerio Público de los casos. “Para que puedas obtener la libertad provisional tienen que solicitarla, entonces, en el momento en que la soliciten el Ministerio Público tiene que estar muy atento en los casos que no se deba conceder”, indicó.

¿Por qué

la Suprema Corte

tomó esta decisión?

Según el alto tribunal, su fallo obedece a que una parte de las leyes transitorias entre el antiguo y el nuevo sistema le da prioridad a la presunción de inocencia. Esto es que la famosa frase “cualquier persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario” tiene un peso importante en la legislación.

De la misma manera, el hecho de que la prisión preventiva debe ser una excepción y lo regla. Pero además, la nueva normativa limitó el número de delitos considerados “graves”, que es en los que la medida de aseguramiento no tiene discusión.

¿Cuáles son entonces los delitos graves? De acuerdo al Código que reglamenta los procesos penales hay 10: homicidio, genocidio, violación, traición a la patria, espionaje, terrorismo (nacional e internacional), sabotaje, corrupción de personas menores o en incapacidad de comprender, tráfico de menores y contra la salud. Una lista que excluye otros cargos como robo o portación ilegal de armas, por poner un par de ejemplos.

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Y este es precisamente uno de los problemas que alegó Mancera durante sus declaraciones. “Un robo a cuentahabiente que hubiera sido grave por la consideración en la Ciudad de México, ahora con esta interpretación, ya no sería delito grave. Esta persona podría solicitar su libertad provisional. ¿El Ministerio Público qué tendría que hacer? Analizar, por ejemplo, si hubo violencia, si hubo personas heridas, precisamente por el riesgo hacia la sociedad”, señaló.

Ahora, cabe aclarar que las personas no saldrían en libertad completa: la Suprema Corte indicó que si retira la prisión preventiva, el juez deberá “aplicar las medidas de vigilancia o supervisión”. Y volvió a insistir en que su fallo no implica el cambio inmediato de la situación del preso, “lo que permite es la aplicación de las normas del nuevo sistema penal”.

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La propuesta de los gobernadores del país

Durante la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), el mandatario de Hidalgo, Omar Fayad, recordó que como producto del foro para el Fortalecimiento del Sistema Procesal Penal los gobernadores del país presentarán una propuesta en conjunto para la nueva normativa.

El planteamiento busca ampliar el catálogo de los delitos oficiosos así como un control eficientes del uso de armas. Además, “extensión de dominio para delitos relacionados con los hidrocarburos; prisión preventiva oficiosa; mayores facultades a la Policía, a fin de que si la víctima está en peligro, no se retrase su intervención por trámites burocráticos; facultades de geolocalización para el MP, con fines de seguridad y no de otra índole; entre otras”.

Fayad aseguró sobre el nuevo sistema penal que “todo proceso humano es perfectible, y tenemos que dejar clara la visión de que toda reforma está sujeta a ajustes, porque la sociedad en su conjunto tiene una percepción de la actuación de la autoridad, y esa es de impunidad”.

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