El amparo de mineros de Cananea, en duda
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) negó que un juez haya otorgado un amparo directo al sindicato minero contra el laudo mediante el cual se dieron por terminadas las relaciones laborales entre Mexicana de Cananea y sus trabajadores.
En un comunicado, la dependencia destacó que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) actuó conforme a la ley, al decretar la terminación del Contrato Colectivo de Trabajo y las relaciones laborales entre las partes a partir del 14 de abril.
Asimismo, la STPS destacó que conforme a la Ley de Amparo, al tratarse de un laudo definitivo, el amparo debe ser presentado ante la propia autoridad que emitió la resolución, en este caso la JFCA, situación que hasta este momento no ha ocurrido.
El documento también señala como falso que haya sido otorgado un amparo al secretario general de la Sección 65 del sindicato minero, Sergio Tolano, como lo afirmó su apoderado Carlos de Buen, y menos aún que se hubiera dejado temporalmente sin efectos el fallo de la Junta Federal.
De igual forma consideró irresponsable y reprochable la actitud del sindicato minero y de su apoderado legal, al pretender confundir a la opinión pública y en particular a los propios mineros "con información carente de sustento".