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DF dicta reglas para establecimientos

El Gobierno del Distrito Federal publicó el pacto sobre la suspensión temporal de establecimientos; cancela la operación de discotecas e indica que restaurantes deben funcionar al 50% de su capacidad.
mié 06 mayo 2009 10:42 AM

El Gobierno del Distrito Federal publicó el acuerdo que establece la suspensión temporal de actividades y/o las condiciones de operación de los establecimientos mercantiles en giro de bar, lounge, cabaret, centro nocturno, discoteca, salón de baile y estadio deportivo.

El documento, publicado en la Gaceta Oficial capitalina, precisa que la suspensión temporal también abarca, plaza de toros, cines, teatros, billares, salones de fiestas, centros deportivos, gimnasios, balnearios, centros de convenciones y parques de diversiones.

Detalla que los establecimientos mercantiles del Distrito Federal que operen con licencia ordinaria y que tengan el giro de restaurante o restaurante-bar, cuya actividad principal sea la elaboración y venta de alimentos, podrán funcionar a 50% de su aforo y en horario de 7:00 hasta 22:00 horas.

Agrega también que los establecimientos mercantiles que funcionan como deportivos podrán operar de manera normal a partir del 7 de mayo de 2009, con excepción de las áreas de gimnasio.

Establece que las violaciones a este acuerdo serán sancionadas pecuniariamente y con clausura de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones legales aplicables.

Con el acuerdo, la Secretaría de Salud capitalina ha determinado que es necesario continuar con algunas medidas de prevención sanitaria que coadyuven a evitar la propagación de la enfermedad luego de la emergencia sanitaria por los casos de influenza humana que se presentaron en el Distrito Federal.

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La medida, que entra en vigor este miércoles, estará vigente hasta que la Secretaría de Salud del Distrito Federal establezca que existen las condiciones sanitarias para la reanudación de las actividades.

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