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Slim y Azcárraga meten lluvia de amparos

Televisa y América Móvil han interpuesto 32 amparos contra la preponderancia emitida por el IFT; los dos tribunales especializados en la materia admitieron al menos seis, y se esperan más.
mié 02 abril 2014 12:23 PM
La SCJN determinó que la SCT no tiene facultades para conocer resoluciones de la Cofetel en materia de interconexión. (Foto: Notimex)
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El primero y segundo tribunales especializados en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones admitieron al menos seis de los 32 amparos en curso que han interpuesto América Móvil y Televisa a través de varias de sus filiales en contra de la preponderancia interpuesta por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) a inicios del mes.

Grupo Carso y Grupo Financiero Inbursa acudieron al segundo juzgado para interponer los amparos en contra de la resolución, donde argumentaron que no tenían por qué haber sido declarados preponderantes por el IFT al no tener una concesión para dar servicios de telecomunicaciones.

Las empresas pidieron además la suspensión provisional de las declaratorias, la cual se les denegó, a pesar de que la Constitución prevé que no existe suspensión provisional en estos asuntos. Las compañías interpusieron los juicios por duplicado (el amparo y la suspensión) bajo los expedientes 19/2014 y 20/2014.

Además se presentaron dos amparos donde aún no se identifica a los actores, pero en referencia a las declaratorias de preponderancia del IFT en el sector de telecomunicaciones, que emitió con el expediente  P/IFT/EXT/060314/76 .

“Decreto por virtud del cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o, 7o, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, en específico, el artículo Octavo Transitorio, fracciones III y IV. Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, en específico el artículo 24, fracción XI, inciso a) Resolución dictada el seis de marzo de dos mil catorce mediante acuerdo P/IFT/EXT/060314/76” se lee en los actos reclamados en estos dos últimos amparos.

La reforma constitucional en la materia, aprobada a mediados del año pasado, mandató que el regulador identificara como agentes preponderantes en el sector de radiodifusión y telecomunicaciones a las empresas que acapararan más del 50% de un mercado, además de obligarla a dictar regulaciones a ambos actores.

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Grupo Televisa ha presentado por su parte 26 demandas de amparo en ambos tribunales contra las disposiciones del IFT, que la obligarán a compartir infraestructura, así como información en publicidad y la prohibición para adquirir ciertos contenidos en exclusiva.

En el primer juzgado Televisa, junto a sus filiales en televisión de paga Sky (Corporación Novartis), Cablemás y Cablevisión, presentaron las demandas que ya fueron admitidas a trámite.

El grupo incluyó a sus firmas de TV de paga a pesar de que la resolución del IFT sólo afecta a la televisión y radio abierta, aunque el regulador ha señalado que las prohibiciones en contenidos terminarán por afectar a la televisión de paga.

Además se han presentado 19 amparos en contra de la resolución de preponderancia del IFT bajo el expediente P/IFT/EXT/060314/77 sin identificar a los actores, aunque ésta resolución afectó a cerca de 30 afiliadas de Televisa a través de las cuales radiodifunde su señal a nivel nacional, como Radio Televisión o TV los Mochis.

Los juicios sobre preponderancia enfrentan a un Poder Judicial con sólo cuatro juzgados especializados (dos administrativos o dos colegiados) en telecomunicaciones, lo que resulta hasta una vigésima parte de los tribunales que existen en materia administrativa o penal, señaló el magistrado presidente del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Jean Claude Tron Petit.

“Estamos trabajando con una décima o vigésima parte de lo que tienen los tribunales administrativos o penales. El número es muy reducido”, advirtió el magistrado.

El integrante del Poder Judicial advirtió que los juicios pueden quedarse en su ámbito siempre y cuando se traten sólo de reclamos de legalidad de las leyes actuales, pero admite que existe otra vía al reclamar actos inconstitucionales, por lo que puede terminar en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Si se plantea un tema de inconstitucionalidad de leyes, el caso podría irse a la Corte”, explicó Tron Petit.

Aún falta que se admitan a trámite las demandas de amparo interpuestas por Telmex, Telcel y América Móvil, que anunciaron este martes que se ampararán contra las resoluciones del IFT, que la obligan a bajar las tarifas de interconexión y a llegar a una serie de acuerdos con la competencia para arrendar su infraestructura y permitirles el tránsito a través de sus redes.

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