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AMóvil puede cumplir en ‘fast track’

La nueva ley le permitirá, en el mejor de los casos, salir de la preponderancia en menos de un año; el reto será convencer al IFT con un plan que no sólo reduzca su poder sino fomente la competencia.
jue 10 julio 2014 06:00 AM
En más compras de Carlos Slim, el pasado fin de semana acordó la compra del 21% de Telekom Austria. (Foto: Notimex)
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América Móvil tiene la opción de salir de las medidas que se le impusieron como agente preponderante en menos de un año si demuestra que su plan de separación y venta de activos beneficiará a la competencia, expresaron legisladores y analistas del sector.

La compañía, que controla a Telmex y Telcel, expresó su intencion de adherirse al beneficio que le da la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en la que se le da la opción de dejar el carácter de preponderante en menos de un año, para poder optar por ofrecer servicios de televisión.

Los legisladores dijeron que el artículo décimo segundo transitorio busca darle el beneficio al agente preponderante para salir de las medidas regulatorias que se le impusieron con el fin de alcanzar condiciones de competencia lo antes posible.

“La clave está en el IFT (Instituto Federal de Telecomunicaciones). Ellos son los que fijan el tiempo del procedimiento, en el momento en que ellos digan que se identifican estos avances, entonces se puede terminar la declaratoria”, expresó el diputado por el Partido Acción Nacional (PAN), Juan Pablo Adame.

En el mejor de los supuestos, AMóvil puede tener la primera aprobación de su plan de desinversión o desincorporación de activos en un plazo máximo de 120 días, y posteriormente tendrá que ejecutarlo en menos de un año.

Por ello, dependerá de la empresa la celeridad que le imprima a este proceso para que el IFT avale la ejecución de su plan y, en caso de encontrar que fue efectivo para fomentar la competencia, inhabilite las regulaciones en su contra como agente económico preponderante y le permita entrar a televisión.

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“Es correcto, aunque el IFT no tiene plazo establecido, América Móvil puede optar al fast track que le da la ley”, expresó el presidente del Instituto de Derecho de las Telecomunicaciones (IDET), Gerardo Soria.

La legislación, en cualquier caso, abre la puerta para que Telmex y Telcel dejen la preponderancia en menos de dos años, el tiempo que había establecido el regulador originalmente.

Soria estima casi imposible que en menos de un año las compañías de Slim puedan presentar un plan tan preciso que les ayude a salir pronto de la preponderancia.

“Es simplista pensar que en un mes o dos puedan salir de la preponderancia”, dijo el senador por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Gerardo Flores.

El legislador añade que, según su interpretación, el transitorio obliga a un periodo mínimo de 365 días para ver que se cumple el plan, aunque Juan Pablo Adame y Gerardo Soria coincidieron en que este periodo se refiere a un límite máximo.

Bajo esta última interpretación, AMóvil tendría la opción hipotética de afirmar que ha ejecutado su plan de desincorporación desde el día uno, al argumentar que vendió o desinvirtió efectivamente en los activos que le permitirán bajar del 50% de participación en el sector.

Te presentamos un resumen de cada una de las 10 fracciones que comprenden este transitorio, donde se dan los tiempos y condiciones que deberán cumplir las empresas del multimillonario Carlos Slim para abandonar la preponderancia, y que puede ser en menos de un año en caso de su mejor aplicación:

I América Móvil presenta el plan de venta, escisión o desincorporación de activos ante el IFT.

II El IFT puede requerir en un máximo de 20 días hábiles más información, y AMóvil tendrá hasta dos plazos de 20 días hábiles para darla, de lo contrario terminará con el proceso.

III El regulador tendrá un máximo de 120 días naturales para aprobar el plan, aunque puede pedir dos prórrogas de hasta 90 días naturales cada una para revisarlo.

IV Cuando el IFT apruebe el plan, América Móvil contará con 10 días hábiles para aceptarlo, además de consentir que ya no pagará las tarifas de interconexión ni las cobrará durante el tiempo que lleve en ejecutarse el plan.

V “El plan deberá ejecutarse durante los 365 días naturales posteriores a que haya sido aceptado en términos de la fracción IV”. AMóvil informará periódicamente al IFT del avance de la ejecución, y puede pedir una prórroga de 120 días naturales si demuestra que este no se llevó a cabo por circunstancias justificables.

VI Una vez que América Móvil acepte el plan, ni Telmex ni Telcel estarán obligadas a pagar por la interconexión –la ley les prohíbe cobrarla mientras sean preponderantes, pero sí les exige pagarlas– y durante el plazo que dure su ejecución.

VII El IFT “certificará que el plan ha sido ejecutado efectivamente en el plazo señalado en la fracción V”, y una vez que se ejecute, el regulador tendrá cinco días hábiles para iniciar el estudio que demuestre que la ejecución del plan generó condiciones de competencia efectiva. Para esta certificación no existe un plazo definido.

VIII Si no se ejecuta el plan en tiempo, si su ejecución es deficiente, o el IFT niega su certificación, se suspenderán el beneficio del no pago de la interconexión para América Móvil, además de que deberá compensar a todas las compañías por el tiempo que no pagó, es decir, pagará de manera retroactiva.

IX Si se cumple el plan, a partir de ese momento, el IFT autorizará a AMóvll prestar servicios adicionales a su título de concesión, por ejemplo, entrar a la televisión ya sea de paga o abierta.

X El regulador también deberá extinguir todas las medidas regulatorias que le impuso a América Móvil, junto a las resoluciones por las cuales le haya declarado como agente con poder sustancial de mercado –este concepto se sanciona por servicio, no por sector, y requiere de otras métricas más complejas para su determinación, aunque Telmex y Telcel ya han sido declaradas con poder sustancial por la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC), y el IFT ha ratificado al menos una de éstas.

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