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Empresas, con ventaja para ampararse contra e-contabilidad

Expertos cuestionan que el SAT sea capaz de garantizar la información de los contribuyentes; dicen que la Suprema Corte se vería obligada a pronunciarse al respecto.
mié 29 julio 2015 06:07 AM
Con la nueva disposición, el SAT podrá realizar auditorías presenciales de forma digital. (Foto: Getty Images)
impuestos

Las empresas que facturaron más de 4 millones de pesos en 2013 tienen una tercera oportunidad de solicitar un amparo en contra el envío de la contabilidad electrónica, pues el fisco es incapaz de garantizar la seguridad de los datos de los contribuyentes, aseguraron expertos.

Detallaron que las revisiones electrónicas vulneran la protección de los datos personales y la seguridad jurídica establecidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Mexicana.

“El SAT no garantiza que la información de las empresas esté protegida y que no la vaya a ver nadie más como los competidores y hasta la delincuencia organizada”, dijo el experto fiscal de IDC Asesores Jurídico y Fiscal, Julio Ernesto Martínez.

En una resolución, el Juzgado Segundo dijo que las empresas sí deberán realizar su contabilidad electrónica, porque dicha obligación no representa una carga desmedida ni injustificada para los contribuyentes, pero no deberán enviar su contabilidad electrónica ni deberán ser sujetos de las revisiones electrónicas, informó la consultoría Deloitte en un boletín del 21 de julio.

La sentencia puede ser impugnada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y eventualmente el caso pasaría a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien daría un pronunciamiento definitivo. “Esto podría suceder a mediados del próximo año”, dijo el abogado fiscalista Luis Manuel Pérez de Acha.

CNNExpansión buscó al SAT para conocer su postura al respecto sin que obtuviera respuesta de manera inmediata.

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Hasta el momento hay más de 30,000 demandas interpuestas ante los Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en el Distrito Federal.

La primera ronda de amparos vino cuando en 2014 entró en vigor la reforma fiscal  y las empresas tuvieron 30 días hábiles para solicitarlos. El siguiente turno se dio cuando las compañías enviaron por primera vez su contabilidad electrónica (el 30 de abril de 2015).

Este tercer round de amparos vendrá cuando las empresas que faltan por enviar su contabilidad lo hagan de manera extemporánea y espontánea , es decir sin que haya un requerimiento de la autoridad.

“Tendrán 15 días hábiles después de haber presentado su contabilidad para solicitar un amparo”, detalló Ernesto Martínez.

Hay una posibilidad más: Si la empresa ya envió su contabilidad electrónica deberá esperar a que el SAT haga una revisión y un requerimiento de información o le aplique un crédito fiscal. Ese será el momento justo para solicitar el amparo, dijeron expertos.

Además de la violación de los derechos constitucionales, el reto tecnológico y contable que deben enfrentar las empresas para cumplir con el fisco es grande.

“La contabilidad electrónica implica para las empresas un desgaste administrativo y económico, por otro lado se trata del envío de información excesiva e inútil para el SAT”, dijo Pérez de Acha. 

Las empresas no se están negando al envío de la contabilidad, sino que el proceso no debería ser mensual, opinan otros.

“El envío de la Contabilidad Electrónica debería ser dentro de los primeros 6 meses después del cierre del ejercicio, similar al envío del dictamen fiscal”, sugirió el expresidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, Manuel Toledo Espinosa.

Pérez de Acha aseguró que la transición hacia la contabilidad electrónica debió ser gradual por los procesos, trámites y adecuaciones a los sistemas que esto implica.

“Las empresas transnacionales tienen problemas al empatar sus sistemas y procesos contables a los requerimientos y especificaciones del SAT, y a las firmas medianas y grandes les cuesta dinero, tiempo y recursos humanos encontrar un software y equipo que les permita cumplir con los estándares que pide el fisco”, explicó el abogado fiscalista.

Sin embargo, aunque las empresas amparadas obtengan la sentencia de la SCJN definitiva a su favor y se libraran de enviar la contabilidad electrónica, si la autoridad lo solicita, ejerciendo sus facultades de comprobación, tendrán que entregarle la contabilidad con las especificaciones que solicite el fisco, explicó Toledo.

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