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Tribunal desecha amparo de Televisa por must carry

El tribunal decidió sobreseer la petición de la televisora porque iría contra la Constitución; la empresa impugnó la obligación de entregar su señal de manera gratuira a televisoras por cable.
jue 17 septiembre 2015 08:50 PM
La televisora mexicana deberá acatar lo establecido en la Constitución mexicana respecto a las telecomunicaciones (Foto: Getty Images/Archivo )
La televisora mexicana deberá acatar lo establecido en la Co (Foto: Getty Images/Archivo)

Un tribunal federal decidió sobreseer un amparo interpuesto por Grupo Televisa que pretendía impugnar los lineamientos fijados por el regulador en telecomunicaciones sobre el must carry-must offer, mediante el cual está obligado a difundir gratuitamente sus canales abiertos a empresas que ofrecen televisión de paga.

El Primer Tribunal Colegiado en materia de telecomunicaciones confirmó el desecho del amparo realizado por una juez al considerar que la petición de Televisa es contraria a la Constitución, de acuerdo con una nota informativa del poder judicial divulgada este jueves.

"(El tribunal) resolvió confirmar el sobreseimiento decretado por la juez del conocimiento, en virtud de que la pretensión de diversas empresas del Grupo Televisa conllevaría a eludir su obligación de permitir la retransmisión de su señal radiodifundida de manera gratuita, cuestión que evidentemente es contraria a los establecido por un artículo constitucional", señala el documento.

La autoridad indicó que el aceptar el amparo iría en detrimento de los derechos de las audiencias y de los concesionarios de televisión abierta o cable.

Grupo Televisa promovió el amparo en contra de los lineamientos aprobados en 2014 por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que le obligaba a permitir a empresas de televisión por cable retransmitir su señal de manera gratuita dentro de la misma zona geográfica.

La juez Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializada en Competencia Económica Radiodifusión y Telecomunicaciones, decidió desechar el amparo pues de aceptarlo se infringiría una obligación establecida en un artículo constitucional.

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Diversas empresas del Grupo Televisa no podrán eludir su obligación de permitir la retransmisión de su señal radiodifundida de manera gratuita, informó este jueves el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) a través de un comunicado.

Esto, luego de que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en el Distrito Federal y Jurisdicción en toda la República, confirmara un sobreseimiento decretado por la juez del conocimiento.

La pretensión de diversas empresas del Grupo Televisa es contraria a los establecido por un artículo constitucional (Octavo Transitorio, fracción I), aunado a que sería en detrimento de los derechos de las audiencias y de los concesionarios de televisión radiodifundida o por cable, informó el CJF.

El decreto del ‘must carry’ y ‘must offer’

El 27 de febrero de 2014, se publicó el Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 6°, 7°, 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Telecomunicaciones.

En dicho decreto se establecen obligaciones de must carry y must offer, es decir, por una parte, que los concesionarios que presten servicios de televisión radiodifundida están obligados a permitir a los concesionarios de televisión restringida la retransmisión de su señal, de manera gratuita y no discriminatoria, dentro de la misma zona de cobertura geográfica, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones, incluyendo la publicidad y con la misma calidad de la señal que se radiodifunde.

Por otra parte, el precepto obligaba a que los concesionarios que presten servicios de televisión restringida están obligados a retransmitir la señal de televisión radiodifundida e incluirla sin costo adicional en los servicios contratados por los suscriptores y usuarios.

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