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¿Cómo hacer tu presupuesto del 2010?

Las empresas deben estimar los gastos e ingresos del próximo año, señala Adolfo Álvarez León; el directivo de Accor aconseja a las firmas usar las prestaciones para beneficiar a los empleados.
jue 22 octubre 2009 06:00 AM
Las compañías pueden aumentar los ingresos de sus colaboradores mediante prestaciones sin aumentar sus gastos. (Foto: Jupiter Images)
hombre-cuentas-escribir-empleado-JI.jpg (Foto: Jupiter Images)

Al llegar los meses con "bre" (septiembre, octubre y noviembre) comienza el frenesí de las empresas: ¿cuánto nos falta para hacer los números? ¿La casa matriz nos está preguntando por qué no vamos a alcanzar la meta? ¿Cuánto vamos a presupuestar en ingresos y gastos para el próximo año?

La sencilla ecuación de metas alcanzadas (y no alcanzadas) menos los efectos de la crisis, multiplicado por las incertidumbres del 2010 hacen que los presupuestos, sobre todo lo que se refiere a gastos, haga "sudar" a los encargados de las decisiones en las compañías.

En el caso particular de las áreas de Recursos Humanos, la preocupación no es menor. Los gerentes de estas áreas saben que el denominado "headcount" está siempre en constante revisión, al igual que las estimaciones de aumento de salario.

Es difícil para un gerente de Recursos Humanos trabajar con un presupuesto 2010 limitado, cuando a la vez necesita aumentar el ingreso de sus trabajadores. Y es que los indicadores hablan por sí solos: el precio de la canasta básica en el mes de agosto, según la PROFECO, se situó en 621 pesos, lo que significa un incremento del 7.34% en los últimos 8 meses; 25 de los 37 productos que conforman esta canasta aumentaron de precio; y la inflación anualizada es de 5.08% (agosto 2008 - agosto 2009).

Esta merma en el poder adquisitivo del trabajador atenta contra su productividad, rendimiento y clima laboral dentro de la organización. Sin embargo, aumentar los salarios en los niveles que se requieren para lograr una cierta estabilidad, representa aproximadamente un 30% del costo de la nómina, si se toman en cuentan el incremento de las cargas sociales empresariales como son el seguro social, las primas vacacionales, el aguinaldo, el RCV, el Infonavit, el 2% de impuesto de nóminas, el IMSS, entre otros.

Nunca la expresión "entre la espada y la pared" ha tenido mayor sentido.

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Es entonces cuando tiene sentido mirar las herramientas que tienen a disposición de los señores de Recursos Humanos, como alternativa para aumentar los ingresos de sus colaboradores, sin comprometer el presupuesto de sus compañías. En este caso se sugieren las prestaciones sociales, como los vales de despensa, que tienen un impacto directo en el poder adquisitivo de los trabajadores.

La Organización Internacional del Trabajo determinó que 1% en el aumento de calorías, representa un incremento del 2.27% en la productividad general de la mano de obra. En períodos donde las empresas necesitan mejorar su desempeño y ser más competitivas, indicadores como estos no son nada despreciables.

Adicionalmente, vale la pena tomar el lápiz y la calculadora para echar cuenta de las ventajas fiscales que ofrecen los vales de despensa:

  • Son deducibles del Impuesto sobre la Renta: Las erogaciones por concepto de despensa que realice la empresa a favor de sus trabajadores, constituyen un gasto de previsión social, deducible para efectos del Impuesto Sobre la Renta por tratarse de un gasto de naturaleza análoga.
  • Para los trabajadores es una prestación exenta: La despensa que reciban los trabajadores por este concepto, está exenta por tratarse de beneficios de previsión social. Cuando la suma de sus ingresos y la previsión social excedan de siete salarios mínimos, sólo estará exenta la prestación hasta por el monto de un salario mínimo del área geográfica correspondiente de donde son contratados. Impuesto Sobre la Renta a cargo de los trabajadores.
  • Se excluye del salario base de cotización: Para el Seguro Social se debe excluir del salario base de cotización las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el 40% del salario mínimo general diario vigente en el DF; la cantidad que exceda este porcentaje, integrará el salario base de cotización. Para el Infonavit, en lo correspondiente a la integración del salario y determinación de las aportaciones se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social.
  • Sin impuesto a nóminas: No se causará el impuesto sobre nóminas por las erogaciones que se realicen por concepto de: alimentación, habitación y despensas onerosas.
  • Es favorable incluso si su empresa causa IETU: Las empresas que deban pagar el IETU, no podrán deducir las prestaciones de previsión social que otorguen a sus trabajadores, incluyendo los Vales de Despensa, por lo que el costo para éstas será del 16.5% sobre el monto que den en prestaciones. Sin embargo, si la empresa decidiera monetizar la prestación, es decir darla en efectivo, pagaría el incremento de las Cargas Sociales Empresariales que representaría alrededor del 30% del costo de su nomina, comparado con el 16.5% del IETU que tendrían los vales.

En conclusión, planifique su 2010 teniendo en cuenta este tipo de fórmulas y logre en su presupuesto del próximo año el balance entre lo que su empresa puede dar y lo que sus colaboradores esperan.

*El autor es Director de Mercadotecnia de Accor Services México ( www.accor.com.mx ). Fue Director de Marketing y Comunicaciones de Accor Services Venezuela. Es licenciado en Comunicación Social, graduado de la Universidad Central de Venezuela. Posee estudios de posgrado en la Universidad Metropolitana (UNIMET - Venezuela) y en el Instituto de Estudios Superiores de Administración (INSEAD - Francia).

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