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La Ley Minera, en debate fiscal

El proyecto de reforma contempla revisar las concesiones y pagos de derecho, dice Felipe León Gámez; el sector empresarial ha manifestado su sorpresa por el nuevo tributo incluido en la iniciativa.
lun 24 junio 2013 06:02 AM
Además de las modificaciones a la Ley Minera, se contemplan cambios a la Ley de Coordinación Fiscal con el fin de crear un fondo que será distribuido a nivel nacional. (Foto: Getty Images)
mineria

Los representantes de los tres principales partidos políticos y el Presidente de la República Mexicana firmaron el " Pacto por México " el 12 de diciembre de 2012 con la idea de promover reformas a la legislación vigente o incluso la aprobación y promulgación de nuevas leyes.

El compromiso 61 incluido en el Pacto fue revisar lo concerniente a la industria minera, para lo cual se estableció como objetivo revisar el esquema de concesiones y pagos de derechos  federales vinculados a la producción. En este sentido, el 12 de marzo pasado, los legisladores del Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentaron ante la Cámara de Diputados una iniciativa con el proyecto de Decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Minera, cuyo dictamen fue aprobado por el pleno el 25 de abril del presente año.

Dentro de los principales elementos que contempla dicha reforma se encuentran los siguientes:

1. Siguiendo una tendencia mundial, implementar el pago de una compensación minera a las actividades de extracción de sustancias minerales, que hasta el momento no se había causado en nuestro país, mediante la imposición de un derecho especial de minería.

2. El pago de este derecho sería determinable a partir de un porcentaje del 5% sobre la diferencia positiva que resulte de disminuir las deducciones autorizadas de los ingresos derivados de la enajenación o venta de la actividad extractiva.

3. Es importante comentar que no se considerarían como ingresos acumulables, entre otros, los intereses devengados a favor, la ganancia inflacionaria ni las cantidades recibidas en efectivo tanto en moneda nacional o extranjera, por concepto de préstamos y aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos del capital mayores a 600 mil pesos cuando no se informe a las autoridades fiscales a través de medios y formatos que señale el SAT.

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4. Por otra parte, respecto a las deducciones autorizadas no se considerarían las inversiones, intereses devengados a cargo, la pérdida inflacionaria, así como las contribuciones y aprovechamientos pagados por dicha actividad.

5. El pago de este derecho especial sobre minería se pagaría mediante declaración a más tardar el último día hábil del mes de marzo del ejercicio siguiente a aquel que corresponda el pago.

6. En relación a los titulares de las concesiones mineras, estos pagarían un derecho adicional semestral de 50% sobre el establecido en la Ley Federal de Derechos considerando las hectárea no exploradas o no explotadas durante dos años continuos en el periodo que comprenda los primeros once años de la concesión. A partir del doceavo año se pagaría un 100% por el mismo concepto. El pago deberá efectuarse semestralmente en los meses de enero y julio del año que corresponda.

Con relación a este tema, también se contemplan modificaciones a la Ley de Coordinación Fiscal a fin de establecer un Fondo de Aportaciones para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros, mismo que sería distribuido, bajo ciertas bases, entre las entidades federativas, municipios y el Distrito Federal .

Es importante mencionar que el sector empresarial se manifestó, en su momento, sorprendido por la presentación de esta iniciativa, tomando en cuenta que se trata de la creación de un nuevo tributo y que el entendimiento de todos era que la Reforma Fiscal se presentaría como un solo paquete en el segundo semestre del ejercicio.

También causó extrañeza la forma de calcular este nuevo derecho a partir de una utilidad fiscal; lo cual, bajo una óptica jurídica, no necesariamente podría guardar proporción a la naturaleza de un servicio, como debe ocurrir en el caso de los derechos, tema de por sí controvertido. 

Esta propuesta fue turnada el 25 de abril pasado al Senado de la Republica, donde se encuentra pendiente su dictaminación. Esto probablemente ocurrirá como parte de la llamada "Reforma Fiscal Integral" en el siguiente período de sesiones del Congreso.

*El autor es Presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF). Su correo electrónico es: fleon@deloittemx.com 

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