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OPINIÓN: Repatriación de capitales, un vehículo para promover la inversión

La discusión debe centrarse en brindar mejores condiciones de inversión para que a futuro, la tentación de mover capital a otros países no sea por falta de oportunidades, opina Roberto Reyes Rico.
mar 12 septiembre 2017 10:12 AM
Repatriación
Repatriación De acuerdo con el SAT, para el 19 de julio, fecha de vencimiento original, se habían repatriado 82 mil 500 mdp. (Foto: Samuil_Levich/Getty Images/iStockphoto)

Nota del editor: Roberto Reyes Rico es presidente del IMEF Grupo Monterrey. Las opiniones expresadas en esta columna son exclusivas de su autor.

(Expansión) — El Diario Oficial de la Federación publicó el 18 de enero pasado, el decreto que otorga diversas facilidades administrativas en materia del impuesto sobre la renta, relativos a depósitos o inversiones que se reciban en México, también conocido como: Retorno de capital del extranjero, tema que representa una oportunidad de crecimiento para sectores específicos y contribuye a la generación de empleos, así como un incremento en la recaudación tributaria.

El objetivo de este instrumento es blindar y fortalecer a la economía nacional, ya que genera ingresos extraordinarios que se destinan a sufragar el gasto público, al margen de otras medidas de ahorro y control presupuestal.

El decreto otorga una tasa preferencial del 8%, muy por abajo de las tasas tributarias comparables, lo cual es muy atractivo para los contribuyentes.

Para entender bien qué debe evaluar el contribuyente mexicano con inversiones en el extranjero y decidir si se acoge o no al programa de repatriación de capitales, se repasan brevemente las características del decreto:

  1. El retorno de recursos del extranjero es una facilidad fiscal para personas físicas y morales residentes en México y/o residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país. Está dirigido a quienes hayan obtenido ingresos provenientes de inversiones directas e indirectas y que los hayan mantenido en el extranjero hasta el 31 de diciembre de 2016.
  2. El origen del dinero debe ser totalmente lícito.
  3. Los ingresos y las inversiones se deberán retornar al país dentro de la vigencia del decreto. Otro aspecto a considerar son los mecanismos que se utilizaron para mantener este capital en el extranjero, es decir, analizar los tipos de instrumentos en los que se tiene invertido - acciones, sistema financiero u otro tipo de activos - y, a partir de ello se determinará cuál ha sido el reconocimiento fiscal que se le ha dado a lo largo del tiempo.
  4. Aunado a lo anterior, se encuentran otras variables que podrían influir como la inflación, el tipo de cambio y los intereses, así como aspectos menos técnicos como la seguridad patrimonial y la seguridad física, reflejada en el manejo confidencial o no, que se haga de esta información por quienes la conozcan eventualmente.
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Lee: El ABC de la repatriación de capitales a México

Por cuestiones de seguridad, no se publicarán los nombres de los contribuyentes que son parte de este incentivo de ayuda. Es importante mencionar que para obtener este beneficio, el capital retornado deberá destinarse a inversiones productivas como adquisición de bienes de activo fijo, adquisición de terrenos y/o construcciones; entre otros.

Como se mencionó anteriormente, el programa estableció que los rendimientos de los recursos invertidos en el extranjero que fueran retornados al país, se gravarían mediante una tasa preferencial del 8% y que este dinero se invertiría en territorio nacional durante al menos, dos años.

Los resultados hasta mayo no fueron los esperados, así que desde entonces, se han realizado precisiones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para ofrecer mayor certidumbre a los contribuyentes que se acojan a dicho decreto y se amplió hasta el 19 de octubre su fecha de terminación , es decir, tres meses más del plazo original. De acuerdo con el SAT, para el 19 de julio, fecha de vencimiento original, se habían repatriado 82,500 mdp, generando una recaudación extraordinaria de 4,263 mdp.

Lee: El SAT reporta una cifra récord en repatriación de capitales

Un factor que ha ayudado a la repatriación es definitivamente que Donald Trump no ha cumplido sus promesas de campaña, generando poca certidumbre a capitales de procedencia mexicana. En contrapartida, la obligación de tener dos años el capital no ha ayudado mucho a la promoción del decreto, ya que se cruzarán con la elección presidencial del 2018, provocando incertidumbre en muchos contribuyentes sobre quién será el próximo presidente, factor que toman en cuenta para repatriar o no.

Otro tema es el cuestionamiento sobre la complejidad de validar la procedencia 100% lícita de los recursos, pues esto impide que muchos capitales de presumible procedencia lícita, pero mal documentados o soportados, retornen bajo el decreto.

Lee: Capitales sin declarar regresan masivamente del extranjero

En este sentido, la discusión y los esfuerzos deben centrarse en brindar mejores condiciones de inversión para que a futuro, la tentación de mover capital a otros países no sea por falta de oportunidades y certidumbre fiscal o, peor aún, por miedo a la corrupción e impunidad de nuestras instituciones.

Si bien los resultados del decreto de repatriación de capitales han fortalecido las finanzas públicas en este complicado 2017, esto no debe distraer al gobierno federal sobre los programas de reducción de gasto público y cuidado de los programas de austeridad.

Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión

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