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¿Qué puedo traer de regreso de mi viaje?

Al regresar a México, puedes ingresar artículos y productos sin pagar un impuesto extra; desde cámaras fotográficas hasta animales, conoce la lista de posesiones que podrás ingresar.
vie 14 mayo 2010 04:40 PM
La forma tributaria donde declaras tus importaciones, es otorgada en el avión o al arribar a México. (Foto: Jupiter Images)
aduana jupiter images (Foto: Jupiter Images)

Al regresar a México, necesitarás pasar por un proceso de declaración de objeto procedentes de otras naciones. Conoce la lista de objetos que puedes ingresar sin tener que pagar más por importación.

  1. Bienes de uso personal, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia. Tratándose de bebés se incluyen los artículos para su traslado, aseo y entretenimiento, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
  2. Dos cámaras fotográficas o de videograbación incluyendo 12 rollos de película o videocasetes; material fotográfico; dos aparatos de telefonía celular o de radiolocalización; una máquina de escribir portátil; una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador, un proyector portátil, con sus accesorios.
  3. Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero. Una caminadora fija y una bicicleta fija.
  4. Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o un reproductor de sonido digital o reproductor portátil de discos compactos y un reproductor portátil de DVD, así como un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
  5. Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos (CD) o cintas magnéticas (audiocasetes), para la reproducción del sonido, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
  6. Libros, revistas y documentos impresos.
  7. Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
  8. Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
  9. Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
  10. Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 20 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
  11. Un binocular y un telescopio.
  12. Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
  13. Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
  14. Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
  15. Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.

Los pasajeros podrán importar con ellos, sin el pago de impuestos hasta 2 perros o gatos, así como los accesorios para su traslado y aseo, siempre que presente ante el personal de la aduana el certificado de importación zoosanitario expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

Para mayor información, consulta http://www.aduanas.sat.gob.mx/

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(Esta lista entró en vigencia el 23 de marzo de 2010).

 

 

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