Las consecuencias de eliminar el Capítulo 19 del TLCAN
Nota del editor: Esta nota fue publicada originalmente en la edición 1223 del 15 de noviembre de la revista Expansión
CIUDAD DE MÉXICO (Expansión) - En 2012, el gobierno mexicano decidió que las empresas de Estados Unidos que exportaban piernas y muslos de pollo a México tendrían que pagar una cuota de 25.7% a 127.5% sobre su valor.
La decisión derivó de una investigación que se inició a petición del mayor productor mexicano de pollo, Bachoco, que acusaba a su competencia de inundar el mercado nacional con piezas de pollo a un precio menor que el del mercado, es decir, en condiciones dumping.
El caso lo resolvió un panel binacional bajo las reglas del Capítulo 19 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) a favor de México.
Hoy, a 23 años de la entrada en vigor de ese acuerdo, una de las partes, Estados Unidos, propone eliminar ese capítulo. No obstante, es el país que más ha usado ese mecanismo de solución de controversias, pues de los 146 casos, entre desistidos, terminados y activos, 100 fueron iniciados por Estados Unidos .
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Es un procedimiento al que recurren los países al detectar prácticas desleales de comercio que cometen sus competidores del otro país.
“No existe un texto similar en ningún instrumento internacional, como el Capítulo 19”, dice Ricardo Ramírez, académico de la UNAM y exjuez del Órgano de Apelación de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Estados Unidos, México y Canadá pueden imponer cuotas compensatorias entre sí, a algún producto que entra con precios por debajo del mercado o que recibe subsidios, y amenazan o desplazan a sus productores nacionales.
Las empresas afectadas por la cuota pueden solicitar a su país que instale un panel binacional al amparo del Capítulo 19, para revisar el caso y determinar si se aplicaron correctamente las leyes nacionales y las internacionales que dicta la OMC, dice Alejandro Luna, socio de la firma Santamarina + Steta.
El acusado debe demostrar entonces que no hubo daño a la industria nacional. Si se comprueba un error en el procedimiento, el panel solicita corregir o, incluso, echarla para abajo. El panel interviene en lugar de una revisión judicial de los tribunales nacionales.
Si se elimina…
Si se eliminara este capítulo, como lo propone Estados Unidos, no existiría la posibilidad de impugnar, ante un panel ad hoc, las medidas antidumping o compensatorias que involucren a los países del TLCAN, dice Ramírez, de la UNAM.
No obstante, las disciplinas sustantivas del mecanismo también están previstas por la OMC, por lo que la solución de disputas podría llevarse vía ese organismo, dice Lucía Ojeda Cárdenas, socia de SAI, Derecho & Economía.
La diferencia entre el Capítulo 19 y la OMC es que, en la segunda, sólo participan los gobiernos de los países, mientras que el primero también pueden usarlo los particulares y solicitar el inicio de un procedimiento e, incluso, recibir el reembolso de las cuotas de dumping cobradas por el gobierno en cuestión, si es que se gana el caso.
Otra desventaja importante es que los tiempos de respuesta y espera son más largos que el procedimiento.
Los tiempos de respuesta de la OMC son más largos que el procedimiento del Capítulo 19 del TLCAN, comenta Alejandro Luna.
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¿Qué es y qué hay más allá?
El objetivo del Capítulo 19 del TLCAN es garantizar a productores nacionales un mecanismo contra prácticas desleales de comercio internacional mediante la revisión de resoluciones antidumping y cuotas compensatorias emitidas por una de las partes.
Alternativas para solución de controversias
- La vía nacional, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
- OMC, un procedimiento más largo y que, a diferencia del panel binacional, no permite recuperar las cuotas antidumping pagadas en caso de que la impugnación sea exitosa.
El ABC
¿Cuándo se aplica?
+ Cuando una empresa considera que las importaciones de otra empresa se realiza en términos de dumping, precios debajo del valor normal o subsidio.
+ Cuando se comprueba que esas importaciones dañan la industria y el mercado nacional
+ Las empresas afectadas se asocian para tener representatividad, y pedir reposición de cuotas a la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de México.
¿Qué hace un panel binacional?
+ Un panel está integrado por cinco miembros, que son elegidos por consenso de las partes involucradas en el procedimiento.
+ Revisa a fondo que el país que aplicó su ley para determinar las cuotas compensatorias, lo haga de manera adecuada.
+ Son abogados neutrales de cualquier país, que van en calidad de expertos.
+ El panel revisa si la decisión estuvo bien establecida, y si no, la reenvía con observaciones a la autoridad competente para que arregle o tome en cuenta aspectos soslayados.