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Los pendientes de México en materia de lavado de dinero

Aunque el sistema de combate a este delito ha madurado en los últimos 10 años, falta una mayor investigación y medidas preventivas, afirma el Grupo de Acción Financiera.
mié 03 enero 2018 12:09 PM
Sin confiscación
Falla El estudio del GAFI señala que la confiscación de bienes del crimen organizado no es una práctica sistemática en México. (Foto: iStock/PhotoCPL)

México tiene un buen sistema para enfrentar el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, pero debe intensificar sus esfuerzos para perseguir a los lavadores y confiscar sus activos, dijo el Grupo de Acción Financiera (GAFI) en un reporte publicado este miércoles.

De acuerdo con el documento, México cuenta con un sistema maduro de combate al lavado de dinero y al financiamiento del terrorismo, con correspondencia a un marco legal e institucional bien desarrollado, lo que significa un cambio significativo respecto a la evaluación de 2008.

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Sin embargo, México no ha tomado medidas preventivas clave como la identificación de beneficiarios reales, reportes de transacciones sospechosas, regulación y supervisión de las actividades y profesionales no financieros designados y mayor transferencia.

En junio de 2016, el país terminó su evaluación de riesgos, de la cual se desprendieron acciones de alto nivel para mitigarlos. Sin embargo, estas acciones no han sido suficientemente comprensivas ni prioritarias para obtener la adecuada asignación de recursos para los niveles federal, estatal y municipal, indica el estudio.

El reporte subraya que si bien existe una buena coordinación entre las distintas dependencias federales encargadas del combate del lavado de dinero, no pasa lo mismo en la coordinación con las entidades estatales, lo que impide una lucha efectiva contra este delito.

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El GAFI asegura que la Procuraduría General de la República (PGR) no tiene al lavado de dinero como una de sus prioridades, por lo que el número de casos perseguidos es muy bajo.

“El lavado de dinero no es investigado y procesado de manera proactiva y sistemática, sino más bien en forma reactiva, caso por caso, a pesar del hecho de que recientemente se han realizado algunas investigaciones de alto perfil”, indica.

El nivel de la corrupción que afecta a las agencias de aplicación de la ley, en particular a nivel estatal, menoscaba su capacidad de investigar y enjuiciar delitos graves, afirma.

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La corrupción está entre los principales delitos generadores de lavado de dinero, otros son el tráfico de drogas y humano y la evasión de impuestos, de acuerdo con el GAFI.

La confiscación de los productos e instrumentos tampoco se persigue de manera sistemática como un objetivo de política, y no se corresponde con los riesgos en la materia.

Las medidas provisionales no se utilizan de manera adecuada y oportuna, excepto por el uso de la lista de personas bloqueadas (BPL) de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). El efectivo sospechoso y falsamente declarado no se confisca adecuadamente, asegura el reporte.

Además, las deficiencias técnicas en el sistema de declaración transfronteriza merman la capacidad de apuntar y confiscar los movimientos transfronterizos de moneda falsamente declarados.

El número de las confiscaciones son muy bajas dado el perfil de riesgo de México.

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El estudio cita un análisis del Banco de México que señala que las restricciones de las instituciones financieras para recibir efectivo en dólares han reducido de manera significativa el volumen de dólares en las operaciones en efectivo. Sin embargo, el uso del peso mexicano en efectivo se ha incrementado.

Una de las principales fallas de México en la materia es que los beneficiarios reales son identificados de forma limitada, sopesando sistemáticamente la efectividad de las entidades en la evaluación y gestión de los riesgos de lavado de dinero.

Las instituciones financieras confían inadecuadamente en la autodeclaración de los consumidores para identificar a los beneficiarios reales.

Para la mayoría de las personas jurídicas que no están clasificadas como de alto riesgo, las instituciones financieras solo necesitan obtener información sobre la primera capa de propiedad legal de los clientes corporativos sin llegar a las personas naturales que finalmente poseen o controlan la entidad.

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