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Suprema Corte sepulta amparo de Axtel

El tribunal negó la protección a la firma en su última esperanza para ganar el juicio contra Telcel; los ministros dieron la razón a Cofetel en la medición para el cobro de tarifas de interconexión.
mar 26 febrero 2013 03:19 PM
La Suprema Corte negó a Axtel ampararse contra el cobro por minuto en tarifas de interconexión.  (Foto: Getty Images)
telefono

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) apagó las últimas esperanzas de Axtel en el caso de las tarifas de interconexión con Telcel en el periodo de 2005 a 2007 , al negarle el amparo sobre la medición del cobro de esta cuota que fijó la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).

El pleno de la SCJN determinó negar el amparo a Axtel con seis votos contra cuatro; el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea no pudo votar ya que se había declarado impedido para hacerlo.

La Corte negó el amparo a la telefónica por la medición por minuto que se hizo en el 2005 y 2006, además de la medición por segundo que se realizó con un sobrecargo del 25% con el argumento de que el regulador motivó el acuerdo P/09018/14 donde fijó el precio y las condiciones de la interconexión entre las compañías, además de que la comisión está facultada para determinar estas cuestiones para proteger la competencia en el mercado. De esta forma Axtel se queda en el intento de recibir 400 millones de pesos que exigía a Telcel por el supuesto sobreprecio en las tarifas, sin embargo el caso sigue y podría que tenber que pagar 2,000 mdp por otros procesos vigentes.

El ministro Luís María Aguilar, quien presentó el proyecto, consideró que si bien la propia comisión reconoce que se debe llegar al cobro por segundo (el cual se aplica de manera general desde 2011), lo aplicó por minuto y con el sobrecargo después como una forma gradual de llegar a ese tipo de medición, con el fin de no dañar la competencia en el mercado.

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Por su parte, el ministro Sergio Valls opinó que el regulador no fundó sus motivos para adoptar ese esquema de decisión, por lo que votó en contra del proyecto.

El ministro Aguilar recalcó que su proyecto defiendía que la Cofetel debió determinar así las tarifas si consideraba que se protegían las cuestiones del mercado, de lo contrario sería la Corte quien estuviera definiendo la validez de estos razonamientos de política pública.

Avalan trato desigual a Telcel

La Corte también negó el amparo a Telcel sobre otro apartado del acuerdo que fijó una medida precautoria, con el fin de evitar que ofreciera tarifas de interconexión más bajas a los usuarios de su misma red.

El acuerdo emitido por la Cofetel para las tarifas de 2005 a 2007 con Axtel estipulaban dos medidas, una llamada Tarifa Promedio Ponderada para evitar que ofreciera precios al público por debajo de las tarifas de interconexión a Telmex; y la Medida Precautoria Móvil para evitar la misma situación pero para los usuarios de su propia red.

Por una mayoría de ocho votos la Corte negó la protección a Telcel sobre la segunda de éstas.

La ministra Olga Sánchez Cordero consideró que estas dos medidas sí violan los derechos humanos de la telefónica de Carlos Slim de un trato igualitario, siendo que no existe en firme una declaratoria de dominancia por parte de la Comisión Federal de Competencia (CFC), por lo que la Cofetel no debió fijar condiciones distintas en el acuerdo.

Pero Luís María Aguilar, que presentó el proyecto de resolución, consideró que la ley sí da espacio al regulador para distinguir "la situación específica, concreta y actual" entre los operadores al momento de imponer condiciones en las tarifas de interconexión, sin declarar a Telcel como un actor dominante.

El ministro José Ramón Cossío coincidió en que no se puede dar un trato igual a una empresa como Telcel, y de hacerlo, se viola el principio de no dar un trato igual a los desiguales.

La Corte retomará el jueves el último punto del proyecto de este caso que se discute en el Pleno por tercera vez.

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