OPINIÓN: La edad no es un impedimento para otorgar testamento
Nota del editor: Héctor Galeano Inclán es presidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano. Su twitter es @notariadomex y su sitio es www.notariadomexicano.org.mx .
(Expansión) – El testamento es un tema más de responsabilidad que de riqueza y edad, pues no importa si eres joven y si tienes muchos o pocos bienes, el proceso para la adjudicación a los herederos es el mismo.
Es importante decir, que solo tú, en pleno uso de tu capacidad, conciencia y libertad puedes otorgar testamento; es así que nadie puede hacerlo en tu nombre y no podrías hacerlo en el desafortunado caso de que por enfermedad o accidente perdieras tus plenas facultades mentales o la conciencia.
OPINIÓN: Mitos y realidades sobre tu patrimonio
Es recomendable otorgar testamento desde que tienes tu primer coche o compras un departamento, y especialmente cuando nacen tus hijos. A continuación, el Colegio Nacional del Notariado Mexicano te presenta 5 razones por las que debes otorgar testamento desde joven que te convencerán:
1. Seguridad. A pesar de que en las películas veamos frecuentemente que una carta con la firma del fallecido basta para determinar quién recibirá una herencia, en la realidad el testamento otorgado ante notario público es la única forma legal, segura y eficaz para que una persona designe a las personas que a su fallecimiento serán dueños de sus bienes y propiedades, convirtiéndose así en los legítimos herederos de su patrimonio.
2. Protección a los hijos. El testamento es el único medio por el cual los padres, quienes ejercen la patria potestad de sus hijos menores de edad, pueden designar un tutor para sus hijos para que, en caso de que ambos padres mueran, tenga el cuidado y guarda de su persona y bienes. En caso de no existir testamento un juez determinará quién quedará al cuidado de los niños.
3. Ahorro económico. El testamento facilita el proceso de sucesión, ya que para disponer de los bienes en caso de no existir un testamento se deberá –en muchos estados- tramitar la sucesión a través de un proceso judicial en el que un juez determinará quiénes son los herederos y en qué porcentaje recibirán los bienes. En algunos casos, si se cumplen con los requisitos establecidos por la ley, la sucesión legítima o intestamentaria puede tramitarse ante notario público; sin embargo, siempre será más sencillo el proceso de sucesión si se cuenta con testamento.
Lee: 6 cosas que debes saber antes de contratar un seguro de vida
4. Es atemporal. La herencia comprende los bienes, derechos, acciones y posesiones del testador al momento de su muerte; por lo tanto, no hay necesidad de listar o relacionar todos los bienes que posees al otorgar testamento, ni presentar documentación que acredite su propiedad. De esta forma puedes simplemente señalar que tu espos@ o tus hijos, tus padres o tus hermanos, si ya los tienes, o algún otro familiar o amigo heredará la totalidad de tus bienes o deberán dividirse en proporciones iguales; es así como el testamento tiene un carácter atemporal y no es necesario modificarlo frecuentemente, aunque puedes cambiarlo tantas veces como quieras hacerlo.
5. Tranquilidad. Hacer testamento no significa que vas a morir, es más bien un acto de responsabilidad para mantener la armonía y seguridad de la familia y evitar posibles conflictos legales a tu muerte.
Lee: ¿Cómo evitar que la muerte dañe el patrimonio y el negocio?
Acércate a tu notario de confianza, quien te dará asesoría gratuita sobre cada detalle del testamento. El mejor momento para realizar tu testamento es hoy, cuando se está en condiciones óptimas y no mañana en una cama de hospital enfrentando toda clase de situaciones que pueden afectar el ánimo o la conciencia.
Te invito, además, a aprovechar la campaña “Septiembre, Mes del Testamento”, en la que notarios de todo el país otorgan hasta 50% de descuento y amplían sus horarios de atención.