La Cámara de Senadores aprobó, por unanimidad, sancionar con penas de seis meses a seis años de prisión sin derecho a libertad bajo fianza, y multa de hasta un millón 500 mil pesos a quienes elaboren artículos "pirata" y produzcan material falsificado.
De igual manera, se aplicarán de tres meses a seis años de prisión y una multa de hasta 10 mil días de salario mínimo a quien reincida en la venta de productos falsificados en la vía pública.
Con las reformas aprobadas con 92 votos se perseguirá de oficio, sin que haya denuncia de por medio, a quienes produzcan, almacenen, transporten, introduzcan o distribuyan "objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por la ley".
También se sancionará a los funcionarios públicos que incurran en este delito, aunque la multa se incrementa un tercio más para llegar a dos millones de pesos.
Las penas serán aplicadas a "quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte o venda copias de obras, fonogramas, videogramas o libros protegidos por este orden legislativo".
La Cámara alta desechó implantar sanciones en contra de quienes compren productos "pirata", y se reduce la sanción penal y monetaria a los vendedores o distribuidores que denuncien a los productores de artículos "pirata" o falsificaciones de marcas protegidas por la ley.