El pleno de la Cámara de Diputados acordó eliminar el concepto de "desamor" como tipo de violencia contra la mujer, por lo cual no será considerado como un delito y tampoco como maltrato psicológico o emocional.
En la sesión en el Palacio Legislativo de San Lázaro se aprobó un paquete de reformas a Ley General de Acceso de la Mujeres a una vida Libre de Violencia, en el que se incluye al Distrito Federal en los programas y coordinación contra el maltrato a las féminas.
Con una votación de 415 votos a favor y dos abstenciones se aprobaron cambios a dicha ley en la cual se elimina la palabra y el concepto de "desamor" como violencia contra las mujeres.
"Si el amor no está legislado, el desamor no puede ser un delito sino sus Manifestaciones violentas y denigrantes, como el maltrato, la indiferencia, la restricción económica, las burlas y las ofensas acerca del físico o las descalificaciones", destaca la reforma aprobada.
Asimismo se incluye al Distrito Federal, que no aparecía en la citada ley, para establecer la coordinación entre la federación, las entidades federativas y los municipios con el propósito de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática casi 8% de las mujeres mexicanas sufren violencia sexual, mientras 9% son objeto de violencia física, 27% de violencia económica y 34% violencia psicológica.
Durante la misma sesión se aprobaron por 410 votos a favor y tres abstenciones, cambios al artículo 5 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, las cuales fueron turnadas al Senado para su análisis y aprobación.
En la misma se incluye que en las acciones afirmativas de dicha ley se incluye el concepto de igualdad entre mujeres y hombres en el país.
También se incluyen términos como "discriminación", que es la exclusión o restricción que, basada en estereotipos, origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica.
Se destaca que por "discriminación contra la mujer" se entiende toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer.