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Pacientes terminales, el último deseo

Legisladores aprueban que los enfermos decidan si suspenden o no su tratamiento médico; podrán cancelar todo cuidado médico que pretenda prolongar inútilmente su vida.
mar 29 abril 2008 07:34 PM

La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley General de Salud que establece el derecho de los enfermos terminales a decidir si desean suspender sus tratamientos médicos, para evitar más dolor y optar por una mejor calidad de vida.

En la sesión ordinaria en San Lázaro, se aprobó por 368 votos a favor y uno en contra la reforma que crea el Título Octavo Bis de la citada ley, denominado "De los cuidados paliativos a los enfermos en situación terminal".

En el texto, que fue devuelto al Senado de la República, se destaca la creación de un régimen de derechos y obligaciones para prestadores y usuarios de los servicios de salud.

"Entre los principales derechos, se hace explícito que el paciente tiene derecho a pedir la suspensión voluntaria del tratamiento curativo y dar inicio al tratamiento o cuidados paliativos adecuados para su enfermedad, buscando siempre preservar su calidad de vida", señala.

Además la suspensión voluntaria del tratamiento curativo implica cancelar todo cuidado médico que pretenda prolongar inútilmente la vida del enfermo, acción que habitualmente se denomina "ensañamiento terapéutico".

Con esto se pretende que el enfermo tenga la opción de recibir un tratamiento para disminuir el dolor y deje que el padecimiento evolucione naturalmente.

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La decisión del enfermo de suspender su tratamiento curativo constará en un documento con características predeterminadas por disposiciones oficiales que hagan expresa su voluntad y que podrá ser elaborado en cualquier momento.

De acuerdo con el texto propuesto, para atender la autonomía de la voluntad del enfermo, éste puede revocar el citado documento en cualquier momento.

Plantea, asimismo, dar prioridad al derecho a recibir cuidados paliativos y al manejo del dolor a los pacientes en situación terminal, al tiempo de asegurar que toda acción médica y sanitaria cuente con el consentimiento del enfermo o de su representante.

Esa situación implica derechos y obligaciones para prestadores y usuarios, en apego a lo que señala la propia ley.

En la reforma se establece con claridad la definición de "cuidados paliativos", que implican la asistencia activa y total de aquellas enfermedades que no responden al tratamiento curativo.

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