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El Senado aprueba reformas sobre Afores

La Cámara Alta otorgó facultades a la Consar para regular el monto de las comisiones; las Afores deberán presentar en noviembre lo que cobrarán cada año para ser autorizados.
mar 09 diciembre 2008 07:44 PM
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La Cámara de Senadores aprobó reformas que otorgan facultades a la Consar para regular el monto de las comisiones que cobran las Afores por administrar el ahorro para el retiro de los trabajadores. Ahora, las Afores deberán presentar a la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), los primeros 10 días de noviembre, las comisiones que cobrará cada año para ser autorizados por la dependencia.

La junta podrá negar la autorización respectiva si considera excesivo el monto de las comisiones, y la respuesta, positiva o negativa, deberá emitirla a más tardar el último día hábil del mes de diciembre de cada año.

Además, dictará políticas y criterios en materia de comisiones, sobre todo la dispersión máxima permitida entre la más baja y la más alta mediante parámetros claros, y podrá emitir exhortos o recomendaciones a las administradoras sobre el nivel de sus comisiones.

Si una administradora no presenta sus comisiones anuales para autorización en la fecha señalada, estará obligada a cobrar la comisión más baja autorizada por la Consar a otras administradoras hasta que presente su solicitud y sus comisiones sean autorizadas.

El senador Guillermo Anaya manifestó su preocupación pues a pesar de que los fondos para el retiro tienen minusvalías por 64,000 millones de pesos, algunas administradoras cobran comisiones excesivas, sin que la Consar tenga facultades para actuar.

El presidente de la Comisión de Seguridad Social dijo que la reforma es importante por el contexto financiero y para evitar que los trabajadores sufran mermas considerables en su ahorro, y para eliminar las prácticas abusivas y lucrativas por parte de algunas administradoras.

Advirtió que aún está pendiente una revisión a fondo del Sistema de Pensiones mexicano, y que el Congreso de la Unión, junto con las autoridades financieras, buscarán perfeccionar dicho instrumento de los trabajadores.

Así, las administradoras deberán entregar en el domicilio de los trabajadores un comunicado cuando incrementen sus comisiones, por lo menos 30 días antes de que entren en vigor, para que los trabajadores determinen si traspasan su cuenta individual a otra administradora.

Por su parte, la CONSAR deberá entregar al Congreso un informe trimestral con los datos de las sociedades de inversión, la adquisición de valores extranjeros y el porcentaje de la cartera que cada Afore ha invertido en estos valores.

También deberá incluir información estadística de los trabajadores registrados, del rendimiento neto de los trabajadores, y si se registran minusvalías, el monto de las mismas y el porcentaje por cada tipo de inversión.

En materia de transparencia se perfeccionan las disposiciones sobre los estados de cuenta que deben emitir las Afores con la información mínima de manera más simple, clara y precisa para que sean entendidas por los trabajadores.

Las reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro fueron aprobadas en lo general con 109 votos a favor, y en lo particular con 89 a favor, dos en contra y dos abstenciones.

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