Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

¿Es posible jubilarse antes de los 60 años?

Las leyes son estrictas, el trabajador debe cumplir con las semanas de cotización y la edad mínima para iniciar el trámite.
mar 19 junio 2018 02:28 PM
Un panorama diverso.
Un panorama diverso. En México, no existe una homologación en los esquemas de retiro, dependen de la fecha en que cada trabajador empezó a cotizar, ante qué instituto de seguridad social y en qué lugar de trabajo. (Foto: shapecharge/Getty Images)

Angélica Gutiérrez trabaja en la delegación Miguel Hidalgo, este mayo cumplió 48 años de edad y en octubre 28 de servicio, justo los que necesita para iniciar su proceso de jubilación. El área de recursos humanos de la oficina de gobierno le ha sugerido empezar el trámite, Gutiérrez aún se siente con mucha fuerza para seguir desempeñando sus funciones; sin embargo, sí le gustaría disfrutar de su tiempo libre y dedicarlo a sus hobbies y su familia.

En México, actualmente no hay un sistema único de jubilación. Cada caso es de estudio particular: quienes trabajan para el gobierno se rigen bajo la Ley del ISSSTE, los que comenzaron a trabajar antes del 1ro de julio de 1997 para alguna empresa privadas se rigen con la Ley del IMSS 1973. Y, para los más jóvenes, quienes empezaron a laborar después del 1ro de julio del 97 aplica el esquema de las administradoras de fondos para el retiro (Afore).

Lee: ¿Quieres ir al Mundial Qatar 2022? Necesitas 92,000 pesos

La propuesta que le hicieron a Gutiérrez no es viable aún, explica Irma Bahena fundadora de Activa Pensiones, empresa especializada en asesoría para el retiro. “(Angélica Gutiérrez) tendría que esperar cinco años más. Las condiciones para tener derecho al 100% de una pensión equivalente a su último sueldo base mencionan como obligatorio que los hombres tengan 55 años de edad y las mujeres 53", dice.

Los expertos consultados sugieren que si estás próximo a jubilarte, esperes a cumplir la edad, el tiempo laborado en caso del ISSSTE o semanas cotizadas por parte del IMSS para comenzar a hacer el trámite de pensión.

“La sociedad no se informa antes del retiro, es muy común que lo hagan ya cuando se presenta el problema y la falta de información los lleven a gastar en especialistas sin resultado alguno”, menciona Patricia Rodríguez, directora general de Why Not Consulting, firma especializada en protección patrimonial.

Publicidad

Si estás próximo a jubilarte, ubica qué tipo de trabajador eres y qué régimen te aplica:

1. Si eres trabajador afiliado al IMSS bajo la Ley 1973

Para retirarte por esta modalidad debiste empezar a trabajar antes del 1ro de julio de 1997, tener 500 semanas de cotización y tener entre 60 y 65 años cumplidos.

Si decides optar por retirarte por cesantía –entre los 60 y 64 años- podrías alcanzar una pensión del 75 al 95% del promedio de tu sueldo de los últimos cinco años cotizados. Si esperas hasta los 65 años de edad –te retirarías por vejez- solo así podrías alcanzar el 100% de tu pensión.

“En caso de que no se cumplan con las semanas cotizadas establecidas en la Ley, el Instituto emitirá una negativa de pensión, lo que significa que podrás retirar el saldo total de tu cuenta de Afore en una sola exhibición o el Seguro Social te ofrecerá la posibilidad de seguir cotizando hasta cumplir con el total del tiempo necesario, esta segunda opción te ayudará a incrementar tu pensión”, asegura David de la Sota, director comercial de Retirum, firma especialista en retiro.

Si se pretende obtener una pensión más alta, la solución es combinar la jubilación con un plan personal de retiro o aportaciones extras a la Afore, sugiere De la Sota. “Quienes aporten voluntariamente al sistema de la afore podrán disponer de su dinero cada seis meses, mientras quien lo haga complementario sólo podrá ver ese dinero cuando haya cumplido 65”, explica de la Sota.

2. Si eres un trabajador millennial (tienes cuenta individual en la Afore)

Esta modalidad aplica si comenzaste a cotizar a partir del 1ro de julio de 1997. Para poderte jubilar se requiere 1,250 semanas y tener entre 60 y 65 años. El monto de pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta de Afore. La pensión estimada a recibir bajo este esquema es del 28% de tu último sueldo.

En este esquema puedes jubilarte de forma anticipada, sin necesidad de cumplir con la edad establecida, siempre y cuando tu pensión sea 30% más de la pensión mínima garantizada – es aquella que el gobierno federal asegura a los pensionados, su monto mensual será el equivalente a un salario mínimo general de la Ciudad de México-, unos 2,686 pesos.

Lee: Disfruta el mundial sin meterle autogol a tu cartera

3. Si eres un trabajador del gobierno y empezaste a trabajar con Ley del ISSSTE (Décimo Transitorio)

Para retirarte por esta modalidad debiste estar activo antes de la entrada de la nueva ley del 2007 del ISSSTE. Tener 30 años de servicio para hombres y 28 para mujeres, y ser mayor a 50 años.

En el esquema existe la posibilidad de: pensión por jubilación en la cual las mujeres se retiran a los 53 años y los hombres 55 como edad mínima durante el 2018-2019. Si cumplen con los requisitos, el importe de pensión será el 100% del sueldo básico del último año laborado.

Existe otra opción: la pensión por edad y tiempo de servicio, donde podrás obtener desde el 50% de tu sueldo con 60 años de edad y 15 años de servicio. Y hasta 95% del salario si tienes 29 años laborados.

Hay una tercera opción: cesantía de edad avanzada, en la cual deberás tener 65 años cumplidos. Esta modalidad requiere como mínimo de 10 años de servicio pudiendo obtener desde el 40% hasta 50% de tu sueldo como pensión.

4. si eres un trabajador del gobierno por cuenta individual

En este régimen se encuentran los trabajadores que comenzaron a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de abril de 2017. Hay tres vías de retiro: renta vitalicia, retiro programado y pensión garantizada.

En cuanto al primer esquema, renta vitalicia, es una pensión de por vida que se contrata con una aseguradora, debes contar como mínimo con 25 años de cotización al ISSSTE y estar registrado en una Afore.

“De esta forma las personas se pueden retirar de manera anticipada, sin necesidad de cumplir la edad establecida siempre y cuando la pensión que te calculen de acuerdo a tu saldo del Afore sea 30% más a la pensión garantizada”, aconseja Bahena.

Lee: La Consar advierte por pensiones definidas por las empresas

Por otra parte, el retiro programado es una mensualidad que puedes contratar mediante tu Afore, el monto que te dará será hasta que se consuman todos los recursos de tu cuenta.

Y la última opción en este esquema es la pensión garantizada, en la cual debes de cumplir con 25 años de cotización al ISSSTE, tener entre 60 o 65 años de edad y tener un Afore. El monto que te otorgarán de pensión será equivalente a dos salarios mínimos, unos 5,372 pesos.

Dinero Inteligente
Suscríbete a nuestro newsletter de Dinero Inteligente

Publicidad
Publicidad