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¿Qué es el Banco de México?

El Banco Central mexicano tiene la principal encomienda de cuidar la salud del sistema financiero; entre otras funciones, el organismo cuida el poder adquisitivo de la moneda.
mié 09 diciembre 2009 10:47 AM

El Banco de México (Banxico) tiene la función de garantizar el poder adquisitivo de la moneda y promover el sano desarrollo del sistema financiero.

Es la entidad encargada de regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pagos.

Opera con las instituciones de crédito como banco de reserva, presta servicios de tesorería al Gobierno Federal y actúa como agente financiero del mismo.

Funge como asesor del Gobierno Federal en materia económica y, particularmente, financiera.

Igualmente, participa en el Fondo Monetario Internacional y en otros organismos de cooperación financiera internacional o que agrupen a bancos centrales.

De ser ratificado por el Senado de la República, el nuevo gobernador del Banco de México, Agustín Carstens, reemplazará a Guillermo Ortiz Martínez quien estuvo al frente de la entidad durante dos periodos de 6 años.

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El Banco de México debe operar con bancos centrales y con otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad en materia financiera.

Para ello, la Ley del Banco de México lo faculta para operar con valores; otorgar crédito al Gobierno Federal, a las instituciones de crédito, así como al organismo descentralizado denominado Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.

Puede constituir depósitos en instituciones de crédito o depositarias de valores, del país o del extranjero, igualmente, adquirir valores emitidos por organismos financieros internacionales o personas morales domiciliadas en el exterior, denominados en moneda extranjera, pagaderos fuera del territorio nacional, considerados de primer orden en los mercados internacionales.

Otras funciones de la entidad:

  • Emitir bonos de regulación monetaria.
  • Recibir depósitos bancarios de dinero del Gobierno Federal, de entidades financieras del país y del exterior, de fideicomisos públicos de fomento económico, de instituciones para el depósito de valores, así como de entidades de la administración pública federal cuando las leyes así lo dispongan.
  • Efectuar operaciones con divisas, oro y plata, incluyendo reportos.
  • Actuar como fiduciario cuando por ley se le asigne esa encomienda.
  • Realizar el canje a la vista de los billetes y monedas metálicas que ponga en circulación, por otros de la misma o distinta denominación.

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