La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) informó que entró en vigor la Norma Oficial Mexicana (NOM) que dispone un nuevo etiquetado en los alimentos y bebidas industrializados y la obligatoriedad de dar información de nutrientes, en beneficio del consumidor para proteger su salud.
En un comunicado, el organismo de la Secretaría de Salud (SSA) destacó que
y proporcionar al público toda la información comercial y sanitaria."La Cofepris informa que entró en vigor la NOM 051-SCFI/SSA 1-2010, que rige las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, con el fin de proporcionar más información sanitaria y comercial a los consumidores", precisó el documento.
Esta nueva normatividad que publicaron conjuntamente las secretarías de Salud (SSA) y Economía (SE) hace nueve meses en el Diario Oficial de la Federación se alinea con los estándares internacionales para proteger a los consumidores e incrementar la competitividad y la productividad de las empresas.
Esta NOM 051 no aplica a los productos a granel ni a los empacados en punto de venta, tampoco a los suplementos alimenticios. La vigilancia sanitaria de estas disposiciones corresponde a la Cofepris.
Se indicó que la armonización de la norma con estándares internacionales y leyes nacionales vigentes es un paso más del Gobierno Federal en la construcción de un marco normativo que protege a los ciudadanos y al mismo tiempo reduce costos a las empresas en el cumplimiento de la regulación.
Dentro de la información sanitaria de mayor relevancia que deberán contener las etiquetas destacan: lista de ingredientes, identificación de lote, fecha de caducidad o consumo preferente, información nutrimental y declaración de propiedades.
De las novedades de esta nueva disposición para los fabricantes nacionales y extranjeros está la lista de ingredientes, pues deben señalar si alguno de ellos causa hipersensibilidad, intolerancia o alergia en el caso de cereales que contienen gluten, crustáceos, pescados, huevo, cacahuate, nueces de árboles o sulfitos.
"Con esta nueva Norma todos los productos deberán ostentar alguna de estas dos formas de manera obligatoria (excepto vinagre, sal, azúcar, goma de mascar y algunos productos de confitería)", precisó el comunicado.
Con relación a la información nutrimental se hace obligatoria la declaración de esta información, por lo que debe incluir varias definiciones sobre declaraciones de propiedades nutrimentales y saludables (claims).
Las etiquetas también deben contener valores nutrimentales de referencia como es la ingesta diaria recomendada, y deberán estar actualizados los valores nutrimentales de referencia, de acuerdo con lo publicado por el Instituto Nacional de Nutrición, mientras se incluye como declaración obligatoria a la fibra dietética.