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Fibras tienen nueva regulación

El límite máximo de endeudamiento no podrá superar al 50 % del valor contable de sus activos; las reglas emitidas por la CNBV beneficiarán a los inversionistas que buscan exposición en Fibras.
mar 17 junio 2014 12:02 PM
Las medidas permitirán que estos instrumentos tengan un nivel sano de endeudamiento. (Foto: GettyImages)
fibras centro comercial (Foto: GettyImages)

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Secretaría de Hacienda publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este martes las modificaciones al régimen de operación de los Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces, mejor conocidos como Fibras para garantizar un adecuado financiamiento ante su reciente boom.

De acuerdo con el documento cuando se pretenda asumir créditos, préstamos o financiamientos con cargo al patrimonio del fideicomiso, por el fideicomitente, administrador del patrimonio fideicomiso o por el fiduciario, el límite máximo no podrá ser mayor al 50 % del valor contable de sus activos, medidos al cierre del último trimestre reportado.

“El impacto es neutral para las Fibras que ya cotizan en Bolsa, al final dentro de sus estatutos la mayoría ya tenía un límite de apalancamiento de 50% y el beneficio es para los inversionistas que buscan tener exposición en Fibras. Lo que hace la CNBV es limitar el apalancamiento si sale una nueva emisora al mercado” comentó el Marco Medina, analista de Grupo Financiero Ve por Más.

El experto agregó que es un nivel adecuado de apalancamiento, aunado a que evitará que la deuda se salga de control.

Las Fibras deben otorgar a sus accionistas como mínimo el 95% de su resultado fiscal del ejercicio inmediato anterior en forma de dividendo, que se debe otorgar al menos una vez al año y ante este atractivo y un joven mercado inmobiliario en México, estos instrumentos han tenido un gran recibimiento por los inversionistas en la Bolsa Mexicana de Valores.

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Los cambios buscan que las Fibras mantengan una proporción adecuada entre sus activos y deudas.

Además se pretende establecer un límite para la toma de créditos, préstamos o financiamientos a cargo del patrimonio del fideicomiso, por el fideicomitente, administrador del patrimonio o a quien se le encomienden dichas funciones; así como prever un índice de cobertura de servicio de la deuda.

“Es hacia adelante cuando se verán los beneficios porque los nuevos competidores tendrán que cumplir con estas reglas con este marco regulatorio para que no haya situación que ponga en riesgo a los inversionistas” puntualizó Marco Medina.

En caso de que la Fibra exceda el límite de 50% de endeudamiento no se podrán asumir pasivos adicionales con cargo a su patrimonio hasta en tanto la emisora se ajuste al límite señalado.

Salvo que se trate de operaciones de refinanciamiento para extender el vencimiento del endeudamiento de la emisora y el comité técnico u órgano equivalente documente las evidencias de tal situación.

Asimismo, en caso de que la emisora exceda el límite, el administrador del patrimonio deberá presentar a la asamblea general de tenedores un informe de su situación, así como un plan correctivo en el que se establezca la forma, términos y, en su caso, plazo para cumplir con el límite.

Gobierno corporativo

Destaca que para llevar a cabo mejores prácticas de gobierno corporativo y evitar conflictos de interés la asamblea general de tenedores deberá reunirse para aprobar inversiones o adquisiciones que pretendan realizarse cuando representen 20% o más del patrimonio del fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior.

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También deberán reunirse para inversiones o adquisiciones que pretendan realizarse cuando representen el 10% o más del patrimonio del fideicomiso y dichas operaciones se pretendan realizar con personas que se ubiquen en puestos con personas relacionadas respecto de las sociedades sobre las cuales el fideicomiso realice inversiones, del fideicomitente así como del administrador del patrimonio del fideicomiso o a quien se encomienden dichas funciones, o bien, que representen un conflicto de interés.

El DOF también señala los requisitos de información y revelación de información a los que deberán apegarse las emisiones realizadas por instituciones financieras en su carácter de fiduciario para la elaboración de prospectos de colocación, folletos informativos y suplementos informativos con el fin de obtener la inscripción en el Registro y para autorización de ofertas públicas de enajenación y/o suscripción de los mismos instrumentos.

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