Cambios en tarifas de IFT deben ser aprobados por usuarios

Un Tribunal Federal consideró justificada la decisión del IFT sobre la imposición a concesionarios; éstos deberán tener el consentimiento expreso del usuario de cualquier cambio en las tarifas.
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Un Tribunal Federal resolvió que es justificada la decisión del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), de imponer a los concesionarios, al renovar sus títulos, que cualquier cambio en las condiciones o tarifas requiere el consentimiento expreso del usuario.

Esto al resolver el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones el amparo en revisión 16/2015 que presentó la empresa Cablemás Telecomunicaciones.

Según esta tesis administrativa, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, el IFT tiene la facultad regulatoria de establecer en los títulos de concesión los derechos y obligaciones de los concesionarios.

Ello para proteger a los consumidores y usuarios de los servicios de telecomunicaciones respecto de las tarifas, precios, diversidad y calidad, estableció el Primer Tribunal Colegiado de Circuito.

Sostuvo que la obtención del consentimiento expreso del suscriptor en caso de modificación de las tarifas y condiciones pactadas atiende a los principios generales de contratación de los servicios materia de la concesión.

El fin es que dichos cambios no se dejen al arbitrio de los concesionarios y garantizar su efectiva prestación y eficiencia para la existencia de una sana competencia y un amplio desarrollo de los servicios de telecomunicaciones.

Esto en concordancia con la mayor eficacia y tutela de los derechos sociales de protección a los consumidores, aseveró el tribunal con residencia en el Distrito Federal y jurisdicción en toda la República.