Proyecto de SCJN por abrir expediente de fosas clandestinas
Carlos Alberto Osorio y Manuel Antonio Realegeño abandonaron en 2011, su hogar en El Salvador en busca de un mejor trabajo rumbo a Estados Unidos.
Carlos salió el 17 de marzo y una semana después, se comunicó con su madre Bertila para informarle que estaba en Monterrey, cerca de cruzar la frontera. La mujer no volvió a tener noticias de su hijo hasta diciembre de 2012, cuando personal de la Procuraduría General de la República (PGR) la contactó por medio de la cancillería de El Salvador para informarle que su hijo había fallecido en México.
Nunca le dijeron los motivos de la muerte de su hijo, sólo le pidieron firmar de conformidad la repatriación del cuerpo y más tarde intentaron que también firmara para avalar la cremación de los restos de su hijo. Ella se negó.
El caso de Manuel Antonio es similar. Dejó su país en 13 marzo de 2011 y un mes después (4 de abril) ante su falta de comunicación su hermana presentó una denuncia por su desaparición en cancillería de El Salvador.
Un año y cuatro después de que su hermano partió hacía Estados Unidos, recibió un citatorio de la PGR (3 de julio 2012) para que se presentara a identificar el cuerpo de una persona parecida a Manuel Antonio a través de fotografías y para tomarles muestras de ADN.
De acuerdo con la autoridades, los cadáveres de Carlos y Manuel Antonio fueron parte de los 120 encontrados en las fosas clandestinas de San Fernando, Tamaulipas.
Desde que comenzaron las investigaciones en 2102, Bertila Parada, madre de Carlos Alberto y Alma Yessenia Realegeño Alvarado, hermana de Manuel Antonio, solicitaron tener acceso a la investigación para conocer las circunstancias del deceso y tener copias del expediente, pero una y otra vez les fue negado.
Apertura de expediente
Este miércoles, casi cuatro años de que fueron contactadas por autoridades, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un amparo presentado por las dos mujeres luego de que no se les reconociera la calidad de víctimas ni pudieran tener acceso a la averiguación previa del caso.
El máximo tribunal del país deberá resolver si este asunto es una violación grave de derechos humanos, si tienen la calidad de víctimas y pueden acceder a la investigación de la PGR.
El proyecto, elaborado por el Ministro Jorge Pardo Rebolledo, señala que los familiares de las víctimas pueden tener acceso a la averiguación previa y solicitar copias simples o certificadas.
"Como se observa de los anteriores preceptos tenemos que las víctimas son aquellas personas que resienten un daño económico, físico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos. Asimismo se reconoce a los familiares como víctimas indirectas del delito y se establecen parámetros para acreditar tal calidad", indica el proyecto.
De acuerdo con el ministro, el Estado mexicano debe asegurar en tiempo razonable, el derecho de las presuntas víctimas o sus familiares a que se haga lo necesario para conocer la verdad de lo sucedido y se sancione a los responsables mediante una investigación con la debida diligencia, completa y exhaustiva.
Inconformidad
Sin embargo, el proyecto dejó inconformes a los integrantes de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho que asisten a las demandantes, ya que consideran que a una de estas se le da el carácter de víctima de manera parcial.
Sergio Méndez, abogado de esta organización, señaló que los derechos de las mujeres han sido vulnerados, ya que se ordenó la cremación de los restos sin consultar a los familiares y no se les permitió nombrar como representantes a integrantes de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho ni el apoyo de peritos independientes.
Sin embargo, Méndez consideró que a Bertila se le excluye del criterio señalado en este proyecto, ya que la calidad de víctima se le dará, una vez que se establezca con certeza, que su hijo está entre las fosas.
Bertila solicitó acceso a la investigación como familiar de una víctima de desaparición, ya que había restos sin identificar y las autoridades mexicanas le pidieron, a través de la cancillería de El Salvador, autorizar la cremación, pero cuando ella buscó confirmar que se trataba de su hijo, negaron que la hubieran llamado y vulneraron su derecho a revisar el expediente.
Según la organización, las autoridades mexicanas negaron tener información al respecto, pero cuando los restos fueron identificados el dictamen señala que la PGR tenía datos sobre la identificación desde 2011, por lo que se violaron los derechos de Bertila como víctima indirecta de desaparición.
"Lo cierto es que doña Bertila como madre de una víctima de desaparición debería tener también acceso al expediente y no negárselo, por eso decimos que el estándar de personas desaparecidas está excluido en el proyecto”, dijo.
El abogado aseguró que aunque el proyecto tiene aspectos positivos, no se tomó en cuenta que las víctimas eran migrantes, lo que impacta en términos de acceso a la justicia, verdad y reparación integral.
En un documento realizado por la asociación sobre observaciones al proyecto, se resalta además, la ausencia de un análisis del caso como graves violaciones a derechos humanos.
"Esta omisión implica que en el proyecto no se resalte como un elemento fundamental el contexto de opresión y discriminación en el que se encuentran las personas migrantes en México (…) la calidad de víctima se les da a partir de la identificación de los restos", señala el documento.