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El delito de ultraje a la autoridad, inconstitucional: SCJN

Los ministros determinaron que el delito no es lo suficientemente exacto para ser ejercido; dos personas recibieron un amparo contra las medidas impuestas por las autoridades capitalinas.
mar 08 marzo 2016 02:12 PM
Nueve de los ministros votaron contra este delito. (Foto: Notimex)
suprema corte de justicia de la nacion Nueve de los ministros votaron contra este delito. /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el delito de ultraje contra una autoridad del Código Penal para la Ciudad de México, que se sancionaba con penas de entre seis y 24 meses de prisión, así como con multas de hasta 100 días de salario. 

La determinación judicial se pronunció este lunes, luego de que nueve de los ministros consideraran que este precepto viola el principio de exacta aplicación de la ley penal, en su vertiente de taxatividad, ya que el tipo penal no es suficientemente claro al establecer las conductas prohibidas, y por tanto la sociedad no podría saber en qué momento podría o no estar incurriendo en un delito.

La Corte resaltó que no valida las agresiones físicas que pudiesen cometerse contra las autoridades con motivo o en ejercicio de sus funciones, así como tampoco que comparta o aplauda las agresiones verbales contra funcionarios.

Explicó que en lo que se refiere a los altercados físicos, hay previsiones contenidas en el Artículo 130 del Código Penal para la Ciudad de México, mientras que las agresiones verbales pueden ser sancionadas o corregidas con medidas administrativas.

Los ministros resolvieron conceder los amparos directos en revisión promovidos por dos personas que en su momento fueron procesadas y condenadas a este delito, durante un desalojo de un grupo de ambulantes de la Delegación Xochimilco y una detenida durante las manifestaciones del 2 de octubre de 2013 en la capital del país. 

Lee: Proyecto de SCJN por abrir expediente de fosas clandestinas

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