El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió al 31 de diciembre de este año, el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en caso de que la factura con complemento Carta Porte no se emita con todos los requisitos aplicables.
En conferencia de prensa, la semana pasada, la presidenta del Instituto Mexicano de Contador Públicos (IMCP), Laura Grajeda advirtió que no existen las condiciones para que el primero de octubre próximo entre en vigor la obligación de la emisión de la Carta Porte.