También se activó la eliminación de los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”. Para la declaración del ejercicio 2023 las personas morales tendrán información precargada de los estados financieros que permanecen presentados en el ejercicio inmediato anterior.
Por igual el SAT adicionó la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis.
Para facilitar la identificación de algunas deducciones se redujo el formato de impresión y se renovó el formato de los estados financieros.
Al presentar la declaración anual de personas morales, estas deben contar con un servicio de banca electrónica, porque en caso de obtener saldo a favor, este es pagado por la autoridad fiscal a través de una transferencia electrónica.
Además es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios asimilados y dividendos.