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Empresa nueva, ojo con nuevos impuestos

Antes de abrir un negocio en 2010, debes analizar el impacto fiscal por el alza a los impuestos; además hay que considerar los trámites y los gravámenes locales que debes solventar.
vie 11 diciembre 2009 06:00 AM
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Fitch Ratings redujo su calificación crediticia de México. ( (Foto: Jupiter)

Abrir una empresa para combatir el desempleo es una opción para algunos mexicanos, aunque la constitución del negocio deberá agregar a las dificultades propias de este proceso la nueva carga fiscal efectiva desde 2010, opinan especialistas. Los nuevos empresarios deberán tomar en cuenta el impacto de algunos gravámenes , principalmente del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que aumentará su tasa de 28 a 30%, y que golpea directamente la utilidad neta, asegura la directora general de la Consultora Fiscal para Pymes Vabela, Lorena Brindis.

Además hay que considerar el alza de un punto porcentual al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).

En algunos casos además, dependiendo de la actividad mercantil, hay que agregar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).

Además de la carga fiscal, l a constitución propia de la empresa es una aventura que pocos se atreven a emprender, ya sea por la tardanza en los trámites o para tratar de ahorrar el dinero del pago de impuestos, dice la contadora Juana Aguilar.

Sin embargo lo mejor para iniciar un negocio es hacerlo por la vía formal, ya que además de evitar multas y sanciones, las empresas constituidas legalmente pueden obtener beneficios fiscales y apoyos de programas gubernamentales , dice la especialista del Tec de Monterrey Ciudad de México, Sara Barajas.

Lo primero para antes de iniciar es "darte de alta en Hacienda", es decir inscribirte al Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Este trámite se hace llenando un formulario electrónico del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a través de una cita en algún módulo de la dependencia.

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Después es necesario que identifiques el régimen fiscal al que vas a tributar , es decir si eres Persona Física o Moral. Después hay que definir si tu actividad será empresarial, como prestador de servicios, actividad comercial, etc, dice la experta fiscalista de la Universidad Panamericana (UP), Olga Ávila.

Lo mejor es contar con asesoría particular especializada, de acuerdo con las especialistas, de lo contrario puedes obtenerla en el SAT.

Si tu negocio se hará a través de una sociedad es necesario que tramites ante notario público el acta constitutiva de la empresa, si eres Persona Física bastará con determinar tu actividad.

Además de los impuestos federales (IETU, IVA, ISR, IDE y IEPS), los nuevos empresarios deben pagar gravámenes a nivel local, dependiendo del giro y ubicación del negocio.

Estos impuestos generalmente son el pago del predial, derecho de agua y las licencias de uso de suelo.

También debe tomarse en cuenta el pago de la certificación de uso de suelo, la declaración de apertura y la licencia correspondiente.

En caso de que la empresa tenga empleados aparte del propietario, es necesario registrase ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y dar de alta a los trabajadores.

Las actividades que no requieren una autorización o permiso previo, ni el otorgamiento de una concesión, o bien un monto de inversión específico definido por la ley, y que no representan un riesgo por sus implicaciones para la salud, el medio ambiente y la seguridad, son las relacionadas con cultivos de granos, frutas y hortalizas; crianza de animales, producción de alimentos, industria textil, maderera, impresiones, comercio, alquileres, escuelas, restaurantes y limpieza.

Según la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, hay 685 actividades que no requieren licencia especial.

Finalmente las especialistas recomiendan analizar el entorno antes de emprender, para evitar el cierre prematuro del negocio.

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