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Profeco insiste que Viva Aerobus y Volaris cobran equipaje de mano injustamente

El organismo público aseguró que ambas aerolíneas hacen una interpretación errónea de la ley.
vie 12 noviembre 2021 05:37 PM
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Continúa la discrepancia entre Viva Aerobus y Volaris con Profeco derivado del cobro en el equipaje de mano.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) insiste en que las aerolíneas Viva Aerobus y Volaris cobran el equipaje de mano basados en una mala interpretación de la ley y ofertando tarifas engañosas.

Ayer, ambas aerolíneas informaron que cumplen con la la Ley de Aviación Civil al permitir el equipaje de mano, con un peso de hasta 15 kilogramos, y que en el caso de Viva Aerobus está contemplada en la tarifa Viva Smart.

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"La tarifa base o regular de la aerolínea, Viva Smart, incluye dos maletas de mano que suman hasta 15 kg en total y 25 kilogramos de equipaje documentado como está indicado en la regulación vigente", añadió la aerolínea.

Sin embargo, Profeco aseguró que ésta no se oferta al mercado, si no que se lanzan las las tarifas denominadas “Zero, Light y Extra”, y en caso de “Volaris”, oferta tres tipos de tarifas “Básica, Clásica y Plus” y a partir de la tercera (Plus) permite el derecho mínimo establecido en la ley.

La dependencia federal hizo referencia al párrafo tercero de la fracción IX del artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil:

El concesionario o permisionario está obligado a proporcionar un servicio de calidad y eficiente a todos sus pasajeros, para lo cual, deberá respetar y cumplir con el derecho mínimo del pasajero a llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano, cuyas dimensiones sean de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho y 25 centímetros de alto, el peso de ambas no deberá exceder los diez kilogramos.

“Además de su equipaje de mano, el consumidor tiene derecho a transpor transportar una bolsa o mochila pequeña en el avión”, reitera la Profeco a través de un comunicado en donde realiza precisiones a ambas aerolíneas.

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La dependencia liderada por Ricardo Sheffield Padilla reiteró que tanto Viva Aerobus como Volaris no cumplen con las dispocisiones establecidas en la ley, y que, por el contrario ofertan bajas tarifas cuando el los pasajeros renuncian a su derecho de portar equipaje.

“… para sostener esa falsa premisa, interpretan erróneamente el contenido del cuarto párrafo de la fracción X del artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil, la que denominan incorrectamente Ley General de Aviación Civil, la cual a la letra establece lo siguiente: Artículo 47 Bis”.

“En caso de que el pasajero decida viajar sin equipaje, el concesionario o permisionario podrá ofertar una tarifa preferencial en beneficio del pasajero”, detalla el texto.

Diferencias entre equipaje y equipaje de mano

La Profeco aseguró que el cuarto párrafo (el que mencionan las aerolíneas), hace referencia al equipaje documentado, no al equipaje de mano, que es inherente al servicio que se presta.

“…se parte de la consideración de que el pasajero requiere de ciertas pertenencias mínimas en su lugar de destino; si bien es posible que un pasajero no requiera de equipaje documentado, lo cierto es que la posibilidad de transportar, como mínimo, hasta dos piezas de equipaje de mano, se constituye como una medida que asegura que el medio de transporte aéreo no pierda su razón de ser”.

“Así pues, al ser un elemento mínimo y necesario para que los pasajeros puedan viajar, no puede ser objeto de negociación o renuncia de derechos, aduciendo falsamente que recibe un supuesto beneficio económico al pagar una tarifa más básica”, concluye el texto.

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