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Funerarias informales, ¿por qué debes evitarlas?

Precios engañosos, carrozas no certificadas, deducción de impuestos, corrupción y otros inconvenientes de estos servicios irregulares.
vie 11 octubre 2024 04:52 PM
contratar funerarias informales
Las funerarias informales, además, no garantizan el buen manejo sanitario y administrativo de los restos de un ser querido.

Las pseudo-funerarias operan sin licencias, engañan a las familias con precios bajos iniciales y cobran adicionales, afectando financieramente a las funerarias establecidas. Estas son las cinco razones por las cuales no deberías contratar nunca sus servicios.

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El bajo costo es un engaño

Las funerarias informales operan también con opacidad en términos de precios, señala Óscar Padilla, director general de J. García López.

"Las funerarias informales te ofrecen un servicio desde 4,000 pesos, pero luego te empiezan a cobrar por cosas que no sabías que no estaban incluidas. Al final, terminas pagando 16,000 o 18,000 pesos. Esto afecta tanto a las familias como a los que trabajamos de manera formal, porque nos ponen en una situación de competencia desleal", advirtió el directivo en entrevista.

Corrupción y oportunismo

Este tipo de funerarias -también llamadas cajoneras- operan al amparo de la corrupción y muchas veces ofrecen dinero a las autoridades para enterarse antes que los familiares sobre el deceso de una persona, ya sea en un acto violento/accidental en la vía pública o en un hospital.

Y como la mayoría de las personas no contrata servicios funerarios con antelación, las funerarias informales aprovechan para ofrecerles el servicio sin que los deudos tengan la oportunidad de comparar opciones de manera calmada.

Esto lo hacen pese a que la ley señala que las funerarias deben abstenerse de mantener carrozas en las afueras de hospitales o agencias del Ministerio Público. Lo cual es una de las prácticas más usuales y desleales de las funerarias informales.

Carrozas sin verificar

Otra razón para no contratar funerarias informales es que no cuentan con carrozas legales, es decir, con los permisos sanitarios y de funcionamiento que marca la ley.

No cualquier vehículo puede ser utilizado como carroza, en el traslado de cadáveres. De acuerdo con el reglamento de la Ley General de Salud en la materia, estos vehículos deberán contar con los siguientes requisitos:

  • Que su uso se exclusivo para el traslado de cadáveres.
  • Estar permanentemente aseados y desinfectados.
  • Contar con un compartimiento en donde se deposite el cadáver o parte de él, el cual deberá estar totalmente aislado del resto del vehículo y cerrado al exterior y, en caso de tener ventanas, éstas tendrán vidrio opaco, entre otros

Además, estos vehículos deberán contar con una licencia sanitaria y la autorización de la Secretaría de Hacienda correspondiente.

Profesionalización

Las funerarias formales, comenta Óscar Padilla, incrementaron sus esfuerzos de profesionalización de su personal a partir de la pandemia. Esto con el fin de garantizar el buen manejo sanitario de los restos de las personas fallecidas, cumplir con normas ambientales y de funcionamiento, así como contar con infraestructura adecuada.

En el caso contrario, las funerarias informales no cuentan con procesos de profesionalización establecidos. Y tampoco cuentan con el asesoramiento del gremio que, según Padilla, está cada vez más organizado para que la capacitación del personal sea constante.

Deducción de impuestos

De acuerdo con Óscar Padilla, “el problema es que solo el 3% de la población planifica con anticipación sus servicios funerarios, lo que lleva a que la mayoría de las personas enfrenten decisiones precipitadas y costosas en momentos de dolor”.

El porcentaje de la población mexicana que se prepara para estos momentos es muy bajo, en comparación con países como Estados Unidos o algunos lugares de Europa, donde ronda el entre el 20% y 30% de la población.

Esto pese a que en México existe la deducción de impuestos por gastos funerarios. Con ella, se puede determinar un saldo a favor que se podrá solicitar en devolución, siempre y cuando el monto no exceda de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 39,606.36 pesos mexicanos.

Para hacer efectiva la deducción, se debe solicitar la factura de los servicios adquiridos. Se recuerda que no procederá dicha deducción en los siguientes casos:

  • Cuando la factura incluya otros conceptos no deducibles como servicio de cafetería o exhumación.
  • Que el comprobante fiscal no sea emitido en el ejercicio fiscal correspondiente.
  • Cuando el "Uso del Comprobante Fiscal Digital por Internet" no sea por el concepto de gastos funerarios.

Contratar una funeraria informal o irregular no te permitirá deducir impuestos, pues al no estar constituidas legalmente, no te podrán emitir una factura para comprobar los gastos funerarios.

Consejos de la Profeco

La Procuraduría Federal del Consumidor también emitió recomendaciones para contratar servicios funerarios.

Entre ellos está informarse con varias funerarias, verificar su funcionamiento legal, comparar los servicios y sus precios. Además, recomienda:

Pedir documentos por escrito: Como el presupuesto y contrato del servicio.

Evitar adquirir el ataúd por catálogo: Ni la urna, siempre será mejor hacerlo personalmente para que te asegures de que el tamaño es el adecuado y que no tenga defectos.

Considerar otros gastos: Adicional al costo del servicio funerario, considera el costo por la fosa, nicho o gaveta para disposición de restos, ya que en los paquetes básicos podrían no incluirse.

Solicitar comprobante de pago: El proveedor debe entregarte factura o comprobante de pago en el que deberá especificar las características de los productos y servicios contratados, así como su precio.

Buscar apoyos y programas de asistencia social

La Profeco también aconseja que, en caso de no contar con los recursos necesarios, averigua si en tu entidad existen programas de asistencia social que brindan, entre otras cosas, apoyos para gastos funerarios.

De igual forma si eres trabajador del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) pregunta por las prestaciones y/o apoyos en este rubro.

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