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Lavado de dinero. Justos y pecadores

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mar 20 septiembre 2011 02:54 PM

En agosto de 1994, durante una tele conferencia transmitida desde Washington a toda Latinoamérica, Chuck Morley -presidente del Grupo Morley, una de las empresas dedicadas a investigar el lavado o blanqueado de dinero más importantes de Estados Unidos- sostuvo que México era todavía un problema para las investigaciones de este ilícito, debido a que los bancos no reportaban a las autoridades la presencia de dinero cuya procedencia y destino son extraños.

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"Todos los días, la frontera de Estados Unidos con México es cruzada por cientos de automóviles que llevan dinero en efectivo sucio y que es depositado en los bancos mexicanos sin que el gobierno tenga noticia de ello, pues los bancos no suelen reportar las transacciones que llevan a cabo diariamente", afirmó.

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Con estas palabras, Morley dejó entrever una de las principales críticas que las autoridades estadounidenses han hecho al gobierno mexicano en los últimos años. De acuerdo con Washington, México debería fortalecer su legislación, para perseguir mejor este delito y obligar a los bancos del país a reportar toda transacción que supere los $10,000 dólares, tal como lo hacen los bancos estadounidenses.

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Sobre el primer punto, desde hace varios meses la Procuraduría General de la República (PGR) estudia un proyecto de reforma al Código Penal. Actualmente, el lavado de dinero sólo está contemplado como delito en el Código Fiscal de la Federación, en su artículo 115 bis; pero si los cambios son llevados a cabo, esta actividad ilegal será también incluida en aquél. Este proyecto de reforma podría ser presentado al Congreso de la Unión en noviembre o diciembre de 1996, según se desprende de lo dicho por Antonio Lozano Gracia, titular de la PGR, durante su comparecencia con legisladores miembros de la Comisión Permanente del Congreso, en la primera semana de julio pasado.

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Sin embargo, las autoridades mexicanas han mostrado una total negativa respecto del segundo punto. Desde su óptica, la petición de reportar toda transacción que supere los $10,000 dólares tiene que ver más con que el sistema bancario de Estados Unidos no pierda competitividad frente al de México que con el combate al narcotráfico.

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"Además, establecer un sistema que reciba la información sobre toda transacción que supere este monto sería sumamente costoso y el procesamiento de los datos muy difícil", comentó a EXPANSIÓN un funcionario de la PGR, que pidió no ser identificado.

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Pero a pesar de su negativa por cumplir con esta exigencia, las autoridades del gobierno mexicano están preocupadas. Y es que los reportes de los bancos para identificar transacciones extrañas son contados, no obstante que México ha sido mencionado como el segundo país del continente americano, después de Estados Unidos, en el que se lava más dinero.

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Especialistas bancarios consultados sostienen que, en realidad, es muy difícil saber cuáles son las transacciones ilícitas que llegan a las instituciones. Estas difícilmente pueden saber el origen de los recursos que les son entregados, así como la verdadera identidad de las personas que llevan a cabo las operaciones.

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"Salvo los depósitos extraños, sumamente evidentes, como traer un portafolios o un costal lleno de dinero, es difícil que un funcionario bancario se dé cuenta de cuál es la procedencia de los recursos que se le están dando como depósitos", afirma uno de ellos.

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Sin embargo, la reforma al Código Penal que se planea poner en práctica contemplará medidas que obligarán a las instituciones a saber más sobre sus clientes.

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Según se establece en el primer borrador del reglamento, las instituciones bancarias deberán mantener cuentas nominativas y no podrán tener en sus registros cuentas anónimas o que figuren bajo nombres ficticios o inexactos. Así, deberán registrar y verificar la identidad, representación, domicilio, capacidad legal, ocupación u objeto social de las personas, así como adoptar medidas para obtener y conservar la verdadera identidad de quienes abran alguna cuenta o realicen algún tipo de transacción.

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Además, deberán mantener en sus registros la identidad de sus clientes, los archivos de cuentas y la correspondencia comercial, por lo menos cinco años después de que la cuenta haya sido cerrada.

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Ignorancia que obliga. Pero, detrás de estos cambios -que podrán ser contemplados en uno o varios artículos que se agregarán al Código Penal- hay una concepción sobre esta práctica ilegal que en Estados Unidos ha adquirido mucha fuerza; es decir, que un funcionario bancario debe saber cuándo se están llevando a cabo actividades sospechosas.

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Aquí cabe hacer un recuento. Durante mucho tiempo para las corporaciones policíacas fue muy difícil perseguir el delito de blanqueado de dinero. Primero era necesario demostrar que el funcionario o los funcionarios bancarios que habían colaborado tenían un conocimiento explícito de ello. Con las reformas, un empleado bancario podrá ser señalado como culpable de participar en una operación de lavado aun cuando no lo haya hecho con conocimiento de causa. De acuerdo con especialistas mexicanos, es muy posible que en las adiciones que se hagan al Código Penal se contemplen este tipo de detalles.

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Sin embargo, este cambio diferirá de lo que ahora se define en el Artículo 115 bis, del Código Fiscal de la Federación, en el que se establece que se sancionará con pena de tres a nueve años de prisión, a quien realice, entre otras cosas, una operación financiera de compre, venta, garantía, depósito, transferencia o cambio de o cambio de moneda; o transporte, transmita o transfiera una suma de dinero a sabiendas de que tales recursos o bienes provienen o representan el producto de alguna actividad ilícita.

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¿Se curan en salud? Por lo pronto, en los bancos mexicanos ha comenzado a circular una Guía para prevenir el lavado de dinero, emitida en octubre de 1993 por la Comisión Nacional Bancaria (CNB). En ella, el organismo solicita que reporten las transacciones que identifiquen como sospechosas.

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En esa guía se explica que el dinero se lava para encubrir actividades criminales o ilegales asociadas con él, entre las que se incluye el tráfico de estupefacientes y la evasión de impuestos. "Cuando una operación financiera de compra, se realizan actividades criminales -se lee en el texto-, el lavado de dinero se lleva a cabo con el fin de encubrir la verdadera procedencia de los recursos, de modo que puedan ser utilizados libremente, y funciona como un "servicio de apoyo que permite a los delincuentes disfrutar de los beneficios de sus negocios. En el caso de la evasión fiscal, el lavado de dinero se utiliza para ocultar ingresos o actividades gravables".

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Pero, a pesar de las presiones estadounidenses y de la preocupación de autoridades y banqueros de México, aún quedan dudas y temas pendientes. Sobre todo, dada la impunidad con que regularmente operan los grandes capos, cabría preguntarse acerca de los criterios que regularán la aplicación de las nuevas leyes y el nivel al que podrían llegar los cargos. No sea que, por acabar con el blanqueo , los únicos finalmente acusados y procesados sean los cajeros y funcionarios menores. Para ejemplo basta un botón, si bien el giro del ilícito es distinto: el caso de Gabriela Fernández, falsamente involucrada en los fraudes cometidos por altos directivos de Grupo Havre.

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En un país con las desigualdades sociales que padece México, casi siempre pagan justos por pecadores. En ese sentido, los bancos, casas de cambio y operadores bursátiles y financieros tienen, de frente a la sociedad, temas pendientes. ¿Qué tal, por ejemplo, la unificación de criterios que regulen un código de ética común? A sabiendas o no, mucho dinero sucio entra y sale de la economía mexicana gracias a que un funcionario le abre la puerta, y no es precisamente el que recibe los pagos de teléfono y luz.

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