Generalmente la fecha límite es el 30 de abril, sin embargo, este año es la excepción a la regla pues el último día de abril es domingo y el 1 de mayo es de mayo es feriado, por lo que la fecha límite se recorre hasta el 2 de mayo, según información de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Aunque la declaración anual se presenta en 2023, ésta corresponde al ejercicio fiscal que contempla del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022.
¿Quiénes presentan la declaración anual?
Si bien todas personas físicas pueden presentar su declaración anual, hay quienes están obligados a hacerlo:
- Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
- Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aun cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.
- Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu declaración anual.
- Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
- Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
- Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.