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Pensión ISSSTE agosto 2024: ¿cuándo llega el próximo pago?

Los pensionados del ISSSTE están por recibir el pago mensual correspondiente al octavo mes del año. Te detallamos la fecha.
mar 30 julio 2024 02:11 PM
Pensión ISSSTE agosto 2024: ¿cuándo llega el próximo pago?
Los beneficiarios de la Pensión del ISSSTE podrán recibir el pago correspondiente a agosto.

Los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) reciben cada mes su prestación establecida en la ley. A continuación, te decimos en qué fecha ya podrán disponer de su pensión correspondiente a agosto.

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¿Cuándo es el pago de agosto 2024?

De acuerdo con lo que se detalla en el calendario oficial del ISSSTE, los depósitos se realizan regularmente los últimos días de cada mes.

El pago de agosto está programado para este martes 30 de julio.

Calendario de la pensión del ISSSTE

Los pagos de los meses restantes del año quedan de la siguiente manera:

  • Septiembre – 30 de agosto
  • Octubre – 27 de septiembre
  • Noviembre – 31 de octubre
  • Diciembre – 29 de noviembre

Además, el organismo tiene planteado hacer la entrega de la primera parte del aguinaldo en la primera quincena de noviembre.

Cualquier duda, el teléfono de atención es el 55 5140 9617 Ext. 29595.

Lee también: Pensión del IMSS agosto 2024, ¿cuándo llega el pago?

Tipos de Pensión del ISSSTE

Pensión por Cesantía en Edad Avanzada. Se otorga al trabajador asegurado cuando quede privado de trabajo remunerado a partir de los 60 años de edad.

Pensión por Vejez. Se otorga al trabajador asegurado que haya cumplido 65 años de edad y tenga reconocidos por el Instituto un mínimo de 25 años de cotización.

Pensión por Incapacidad Parcial Permanente. Se otorga al trabajador asegurado que haya sufrido un accidente o enfermedad de trabajo.

Pensión por Incapacidad Parcial Permanente. Se otorga al trabajador que haya sufrido un accidente o enfermedad de trabajo, cuya valuación sea igual o superior al 100% de disminución orgánico funcional total o cuando siendo el porcentaje de valuación inferior, lo imposibilite a desempeñar su profesión.

Pensión de viudez o concubinato a causa de un accidente de trabajo. Se otorga al viudo o viuda o bien a la concubina o concubinario de un trabajador que haya fallecido a consecuencia de un riesgo de trabajo.

Pensión de orfandad a causa de un accidente de trabajo. Se otorga a los hijos de un trabajador que haya fallecido a consecuencia de un riesgo de trabajo, siempre que estos sean menores de 18 años o mayores de esta edad y hasta los 25 años previa comprobación de que están realizando estudios de nivel medio o superior en planteles oficiales o reconocidos o bien si se encuentren incapacitados para trabajar.

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