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¿Te pagarán el doble si trabajas el 1 de octubre del 2024?

El 1 de octubre se estableció como día de descanso obligatorio cada seis años por el cambio de Gobierno Federal. Esto deben de pagarte si trabajas ese día.
lun 23 septiembre 2024 12:11 PM
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Sí, este 1 de octubre será el primer día de descanso obligatorio que se aplique para algunos trabajadores del país. Te contamos si habrá pago doble.

Tras la publicación del decreto presidencial que establece que el 1 de octubre de cada seis años se vuelva día de descanso obligatorio, surge la duda sobre quién puede disfrutarlo y si en caso de que los jefes los llamen a trabajar, recibirán un pago doble. Te despejamos las dudas.

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¿Por qué es día de descanso obligatorio el 1 de octubre?

El decreto presidencial de Andrés Manuel López Obrador establece que será día de descanso para los trabajadores del Estado, es decir no aplica para todos los trabajadores del país.

El dictamen aprobado por el Senado de la República establece que “el 1 de octubre no solo implicará un día de cambio de liderazgo en el gobierno federal, sino también un momento de descanso, reflexión y preservación de la herencia cultural cívica y política, para que la nación se una en torno a la celebración de la democracia y la estabilidad política económica y social de México”.

Las personas titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el apartado B) del artículo 123 Constitucional, deben observar como día de descanso obligatorio para las personas servidoras públicas federales que laboren en estas los siguientes: 1 de octubre de cada seis años, con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
Decreto publicado en el DOF el 12 de julio del 2024

¿Te pagarán doble si trabajas el 1 de octubre?

No, de acuerdo con lo que establece el artículo 40 de la Ley federal de los Trabajadores al Servicido del Estado, Regalmentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional. Y en caso de que por tu labor sí se requiera que acudas a trabajar, la ley tiene establecido lo siguiente:

¿Qué dice el artículo 40?

Artículo 40.- En los días de descanso obligatorio y en las vacaciones a que se refieren los artículos del 27 al 30, los trabajadores recibirán salario íntegro; cuando el salario se pague por unidad de obra, se promediará el salario del último mes.

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