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¿Vives en el extranjero? Puedes pedir tu pensión del IMSS

Si vives en el extranjero, también puedes solicitar ante el IMSS la pensión, incluso para el registro de beneficiarios. Te compartimos los requisitos e información para el trámite.
jue 23 enero 2025 04:20 PM
Senior couple using computer and doing home finances at home
Las personas derechohabientes del IMSS fuera del país pueden tramitar su pensión, pero deberán contar con un representante legal en México para realizarlo.

Las y los mexicanos que radican en el extranjero, y que hayan cotizado ante el IMSS también pueden tramitar su pensión, pero tienen que considerar una serie de aspectos importantes.

Te compartimos los datos necesarios para el trámite.

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Pensión IMSS para personas en el extranjero

Las personas derechohabientes del IMSS fuera del país pueden tramitar su pensión, pero deberán contar con un representante legal en México para realizarlo, de acuerdo con un acuerdo publicado el 29 de agosto de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, en el que establece los lineamientos, requisitos y plazos para realizar la solicitud.

A continuación, te contamos lo más importante a considerar:

Cómo tramitar

Los trámites podrán realizarse a través de representante legal, con los siguientes documentos:

  • Identificación oficial con fotografía y firma vigente (original y copia)

Del Apoderado Legal:

  • Copia certificada del testimonio notarial, a través del cual se acredite que se cuenta con poder general para actos de dominio, o bien, especial para realizar el trámite que corresponda ante el Instituto.

Quienes ejercen la Patria Potestad:

  • Copia certificada de acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento; del menor con derecho a alguna de las prestaciones en comento (original y copia simple), expedida por:

- Las oficinas o juzgados del Registro Civil de la Entidad Federativa que corresponda o de la Ciudad de México.
- Las Representaciones Consulares de México,
- Gobierno Extranjero. En este caso, se debe atender a las disposiciones que sobre documentos públicos expedidos en el extranjero prevé el derecho común y los tratados internacionales.
· En su caso, copia certificada de la resolución jurisdiccional ejecutoriada a través de la cual conste el ejercicio de la patria potestad a cargo del solicitante.

Las personas que quieran recibir sus pensiones, deberán contar con opciones de depósito en una institución bancaria en México y una en el extranjero. Los costos de transferencias internacionales serán asumidos por los pensionados.

En las instituciones extranjeras, deberán proporcionar la siguiente información:

  • Número de cuenta.
  • Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) o su equivalente.
  • Código internacional.
  • Localidad y sucursal de la institución bancaria.
  • Nombre de la institución de crédito.

Además, cada seis meses las personas pensionadas deberán actualizar su información con la constancia de supervivencia. Para ello, deberán acudir a la oficina consular de México en el país de residencia:

  • Nombre completo del pensionado.
  • Número de Seguridad Social (NSS).
  • Denominación del documento de identificación presentado (ejemplo: pasaporte, INE).
  • Domicilio actual.
  • Fotografía reciente del pensionado.
  • Firma del interesado.
  • Número consecutivo o de control de la constancia.
  • Nombre y firma del funcionario que expide la constancia.
  • Lugar y fecha de expedición.
  • Sello oficial del consulado o autoridad administrativa correspondiente.

¿Qué ayuda otorgan?

El DOF menciona que las personas pensionadas reciben una ayuda económica denominada como “asignación familiar”, por concepto de carga familiar, por los beneficiarios:

  • esposa o concubina.
  • para cada uno de los hijos menores de edad y hasta los dieciséis años.
  • para cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, si se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sean sujeto del régimen obligatorio.
  • para cada uno de los hijos del pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismos, debido a inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, podrán continuarse pagando hasta en tanto no desaparezca la inhabilitación.
  • si el pensionado no tuviera ni esposa o concubina, ni hijos menores de dieciséis años se concederá una asignación para cada uno de los padres del pensionado si dependieran económicamente de él.
  • Si el pensionado no tuviera ni esposa o concubina, ni hijos, ni ascendientes que dependan económicamente de él, se le concederá una ayuda asistencial.

En caso de solicitar la Pensión de Cesantía por Edad Avanzada o Vejez, se puede iniciar el trámite por internet, a través del servicio “Mi Pensión Digital”. Ahí solicitará datos personales del interesado y los beneficiarios para asociarlos ante el instituto.

Cuidado con los documentos en inglés

En caso de tener documentos en inglés u otro idioma, las personas interesadas en realizar el trámite deberán ser traducidos por un traductor certificado y apostillado según corresponda. Los costos por este trámite también van a cuenta de quienes realizan la solicitud.

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