Pago de utilidades en 2025
Los trabajadores tienen un año a partir de la fecha límite de entrega para cobrar sus utilidades. En el caso de las personas morales del Régimen General, la fecha límite para entregar este pago es el 30 de mayo. Para las personas físicas del Régimen General de las Actividades Empresariales, el pago debe realizarse a más tardar el 29 de junio, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
El monto a recibir se determina conforme al 10% de las utilidades netas de la empresa, porcentaje fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas. Este monto se divide en dos partes: la primera se reparte equitativamente entre todos los trabajadores en función de los días laborados, mientras que la segunda se asigna proporcionalmente al salario percibido durante el año.
¿Qué días se consideran como laborados para el reparto de utilidades?
Para efectos del reparto de utilidades, se consideran como días laborados aquellos en los que el trabajador recibe su salario, aunque no haya prestado sus servicios. Esto incluye los días de descanso semanal, vacaciones y días festivos estipulados en la ley o en el contrato laboral.
También se contemplan los permisos con goce de sueldo, incapacidades temporales por riesgos de trabajo y los periodos prenatales y posnatales. Estas disposiciones garantizan que los trabajadores no vean afectada su participación en las utilidades debido a circunstancias justificadas.