Quienes ya están en Modalidad 40 mantienen sus condiciones
Las nuevas reglas no modifican de inmediato la situación de quienes ya tienen contratada la Modalidad 40. El acuerdo establece que las personas inscritas antes de su entrada en vigor, el 22 de octubre de 2026, permanecerán bajo las condiciones actuales hasta que termine el periodo que tengan contratado.
También quedan protegidos los derechos ya generados. Las semanas y salarios cotizados que hayan sido efectivamente pagados conservarán plena validez para calcular la futura pensión.
El cambio llegará cuando ese periodo termine. Si la persona quiere volver a incorporarse a la Continuación Voluntaria, ya deberá hacerlo bajo las nuevas condiciones establecidas por el IMSS.
Todo lo que cambia en la Modalidad 40 tras la última actualización y a quiénes afecta
A partir del 22 de octubre, quienes soliciten incorporarse a Modalidad 40 podrán cotizar con el último Salario Base de Cotización (SBC) que tenían al causar baja del régimen obligatorio o aumentarlo, como máximo, en el equivalente a una UMA adicional.
Por ejemplo, si una persona salió de su último empleo con determinado SBC, ya no podrá elegir libremente uno mucho mayor al ingresar a Modalidad 40: el límite será ese último salario más una UMA. En ningún caso el salario registrado podrá quedar por debajo del salario mínimo general vigente para el resto del país.
También cambia el momento desde el que comienza la inscripción. Los nuevos aseguramientos surtirán efectos únicamente a partir de la fecha en que la persona presente su solicitud al IMSS, por lo que el acuerdo elimina la posibilidad de iniciar esta nueva contratación desde una fecha anterior.
Los requisitos generales de acceso no fueron modificados: siguen siendo necesarias al menos 52 semanas cotizadas durante los cinco años anteriores a la baja y realizar la solicitud antes de que transcurran cinco años desde esa separación del régimen obligatorio.