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La complicación de pagar el IETU

Las personas físicas que deben presentar su declaración anual se enfrentan al pago de este tributo; es la primera vez que se presenta el pago del gravamen, que entró en vigor en 2008.
mié 22 abril 2009 06:00 AM
Alejando Acevez Pérez considera que se deben aumentar los estímulos fiscales sin descuidar la recaudación. (Foto: Archivo)
Impuestos (Foto: Archivo)

En abril, las personas físicas que hayan obtenido ingresos por honorarios deben presentar su declaración anual por los impuestos a los que están obligados como son: Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), el cual es la primera vez que se presenta por lo que el contribuyente se encuentra con muchas sorpresas.

Es bien sabido que para el cálculo de este impuesto a los ingresos se le disminuyen los gastos, después se calcula el 16.5% (que aplicó en el 2008 ya que en este año subió al 17%) y al resultado se le puede disminuir la retención de ISR.

Por lo que en la declaración anual estas retenciones ya se utilizaron así que no debería quedar ningún saldo ni a cargo ni a favor.

Pues esto no es así ya que a la hora de introducir los datos en el DeclaraSAT (Sistema para elaborar y presentar la declaración anual de personas físicas) éste toma únicamente el ISR que se obtiene conforme a la tarifa y esto ocasiona que quede un saldo a favor de ISR y de IETU un saldo a cargo, por lo que se debe pedir el saldo a favor o compensar este saldo para pagar el impuesto.

Si se pide la compensación entonces se tiene que generar una hoja de ayuda donde aparece la cantidad a favor de ISR y la de IETU a cargo, esta se debe presentar en ventanilla bancaria y además acudir a la autoridad para llevar el aviso de compensación, sólo tiene el mes de mayo para presentarlo, esto ocasiona que la persona pierda tiempo ya que todos los trámites se realizan sólo por la mañana y con cita y al parecer ya están agotadas las citas en ese mes.

La otra opción es pedir la devolución de impuesto, pero primero se debe pagar el saldo a cargo del IETU y ya después de 45 días de presentada la declaración este saldo es depositado en la cuenta del contribuyente, por lo que esto no es justo, ya que la persona pagó a tiempo su impuesto.

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En caso de que la persona tuviera deducciones personales por gastos médicos y hospitalarios, de funeral, intereses por préstamos hipotecarios, entre otros, entonces le quedaría un saldo a favor mayor, por lo que para recuperarlo primero se tendría que pagar el IETU como anteriormente se mencionó y después esperar a que le sea depositado su saldo a favor en su cuenta.

Posiblemente por ser relativamente nuevo este impuesto no se contemplaron estos problemas, pero sería apropiada una revisión. Es injusto que los contribuyentes paguen una cantidad que ya liquidaron a tiempo, ya que de todos modos les será devuelta.

Estas inconsistencias le generan problemas al contribuyente, ya que este pago no lo tiene contemplado y no cuenta con los recursos para cubrirlo.

Además la autoridad debería ajustarse al horario de los contribuyentes, ya que todos trabajan. Sería apropiado tener horarios de atención de todo el día e incluso de fines de semana para apoyar de verdad al contribuyente incluso en el uso de medios electrónicos, ya que muchas veces no se tiene la cultura del uso de la computadora debido a que es gente mayor o que no ha tenido acceso a esta información.

Ejemplo del pago del IETU

Si una persona tuvo ingresos de 108,000

Menos deducciones                         11,765

                                                       96,235

                                                       x 16.5%

                                                       15,879

Menos ISR según tarifa                      8,322 **

A cargo IETU                                    7,557

Menos pagos provisionales                5,080

A cargo                                            2,477

Por lo que sólo se consideró una parte del ISR,. ya que las retenciones en total son de  10,800 es decir:

   8,322

-10,800

 -2,478   - Saldo a favor de ISR

** Cálculo de ISR de acuerdo a tarifa

Ingresos         108,000

Gastos              11,765

Base                 96,235

Límite inferior 88,793.05

                           7,441.95

                            X 16%

                           1,190.71

                           7,130.88

Impuesto            8,321.59

Como se mencionó anteriormente si la persona hubiera realizado deducciones personales y obtuviera un saldo a favor, debe optar por solicitar la devolución pero estar consciente de que primero debe pagar el IETU y después le devolverán su saldo, en el que va a recuperar además de sus gastos el IETU que pago.

Al ser tan complicada la presentación de la declaración anual, considero que esto va a generar más evasión fiscal.

* La autora es titular de Contabilidad, de la Universidad Anáhuac México Sur.

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