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El fisco tendrá más dientes vs causantes

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó cambios al Código Fiscal de la Federación; la autoridad tendrá más herramientas, falta aún que el pleno de la Cámara baja lo apruebe.
jue 15 octubre 2009 10:54 AM
El fisco tendrá más facultades para cobrar a los contribuyentes (Foto: Jupiter Images)
fisco (Foto: Jupiter Images)

Los diputados adelantarán los "reyes magos" al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Al parecer casi todos los cambios requeridos en el Código Fiscal de la Federación (CFF), propuestos en la iniciativa de Ley de Ingresos, podrían pasar ante el pleno legislativo, para dotar de más dientes al brazo fiscal de la Secretaría de Hacienda. El miércoles por la noche, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó sin problemas el dictamen que modifica el CFF, depurando algunas propuestas "polémicas" que ponían al contribuyente en una posición muy dócil con respecto al fisco.

En la búsqueda por generar más ingresos para la federación, el Gobierno planteó estos cambios con el fin de elevar la recaudación tributaria en unos 20,400 millones de pesos (mdp) para el siguiente año, 27,500 mdp en 2011 y 36,500 mdp en 2012, según cifras de las autoridades.

"Sí tenemos que darle al SAT más dientes", dijo en entrevista el diputado del Partido de la Revolución Democrática, Vidal Llerenas.

Lo que sí

La Comisión de Hacienda aprobó los cambios en los comprobantes digitales.

El SAT tendrá la oportunidad de ser quien proporcione las aplicaciones gratuitas de éstos en Internet y los estándares para generar el comprobante.

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El contribuyente podrá realizar este procedimiento desde la página de Internet del SAT, siempre y cuando cuente con su firma electrónica avanzada y hay solicitado el certificado para el uso de sellos digitales.

Una vez realizado el formato el SAT tendrá el derecho de validación del mismo y, en caso positivo, asignará el folio, firmará digitalmente el documento, lo almacenará y lo devolverá al contribuyente -con folio y firma digital-.

Comprobantes fiscales en papel. Los propios contribuyentes -o con ayuda de un tercero- podrán imprimir sus comprobantes en papel en la página de Internet del SAT, mismo que tendrá que ser reforzado con un dispositivo de seguridad o timbre, proporcionado por un proveedor autorizado.

Estados de cuenta como comprobantes. Se aprobó que el estado de cuenta donde se refleje el pago realizado mediante una tarjeta de servicio, crédito, débito, cheque o traspasos, pueda ser utilizado como medio de comprobación fiscal, sin necesidad de documentación adicional.

El Ejecutivo además planteó la posibilidad de que los estados de cuenta puedan obtenerse de manera electrónica y tengas los mismos efectos legales que los impresos.

"Se adecua el tipo penal para quienes falsifiquen, ostenten como propia, guarden o almacenen información de los contribuyentes contenida en los comprobantes fiscales digitales", menciona un comunicado de la Cámara de Diputados.

Se acordó la adición de un artículo transitorio donde se prevé que las autoridades fiscales deberán proporcionar a la Cámara de Diputados la información solicitada por actividad económica, sin el nombre o dato alguno, que permita la identificación individual del contribuyente.

"Lo anterior, en tanto se establezcan las instancias de la propia Cámara de Diputados, que garanticen la confidencialidad de la información de los contribuyentes", según el comunicado.

Congelamiento de cuentas

El SAT, a través de los bancos instalados en el país, podrá realizar de manera más rápida el congelamiento de la cuentas bancarias para asegurar el cobro de los créditos fiscales que tenga el contribuyente.

Con las reformas al Código Fiscal de la Federación, el fisco podrá obtener información relacionada con el contribuyente a través de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) o de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), y no nada más de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

Esto como una medida que contribuya a hacer más expeditas las facultades de las autoridades fiscales en materia de comprobación y cobro de las contribuciones.

Lo que no

El cobro de los créditos firmes sobre el dinero de los ahorros para el retiro de los trabajadores mexicanos (Afore) o alguna otra cuenta que tenga el contribuyente en el sistema financiero.

No pasó el aseguramiento precautorio de los bienes o la negociación del contribuyente, en caso de que éste último, su representante legal o un tercero obstaculicen el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales e imposibilite el acceso a la contabilidad.

Se pretendía realizar el aseguramiento hasta por un monto igual a la cantidad del adeudo fiscal, sin embargo, y para no obstaculizar la posible producción del contribuyente, los bienes quedarían a su cargo como depositario.

Representación legal. Si un contribuyente no se encuentra cuando las autoridades apliquen un acto de comprobación en su domicilio, éstas podrán iniciar el mismo notificando de la diligencia a la persona que se encuentre en las instalaciones, sin que sea necesario dejar un citatorio previo ante la ausencia del contribuyente o el representante legal. +

Se negó la propuesta de que el domicilio del representante legal también sea el domicilio fiscal para las personas morales, lo anterior para evitar que se evada la acción de las autoridades al no ser ubicados en su domicilio.

A su vez, no prosperó la propuesta de que los directivos y socios accionistas de una empresa tengan que pagar, equitativamente, los adeudos de una empresa en caso de deberle al fisco.

Vidal Llerenas prevé que estos cambios realizados no sean problema para ningún Grupo Parlamentaria en San Lázaro y se aprueben con facilidad.

La Cámara de Diputados tiene hasta el próximo 20 de octubre para aprobar la Ley de Ingresos 2010, mientras que el Senado tiene como fecha límite el último día de este mes.

La recaudación prevista por las modificaciones en el Código Fiscal Federal serían parte de los 175,700 millones de pesos que espera recaudar el Gobierno mexicano, gracias a los cambios en materia de impuestos y la creación de la Contribución para el combate a la pobreza (impuesto a las ventas con una tasa del 2%).

"Se requieren de herramientas ad hoc a las conductas de riesgo, entonces sí se están requiriendo una ampliación en las facultades de la administración tributaria. Es la única manera como vamos a poder enfrenta ciertos segmentos de la población que evaden y que lo utilizan como negocio", dijo recientemente el jefe del SAT, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

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