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Tu primera vez... al declarar impuestos

Si eres principiante, lo primero que debes definir es si eres una persona moral o física; los errores más comunes de los contribuyentes se presentan al solicitar su RFC.
sáb 12 marzo 2011 06:01 AM
Evita formar parte del Buró de Crédito por no pagar tus impuestos. (Foto: Jupiter Images)
Impuestos (Foto: Jupiter Images)

Si es tu primera vez como contribuyente y no sabes qué hacer, es preciso que comiences por identificar tu actividad y obligaciones fiscales según el rol que desempeñas, indicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

"Este análisis te permitirá conocer más sobre el régimen fiscal y el ciclo tributario que te corresponde, de acuerdo a las actividades económicas que realizas. El primer paso es definir si estas actividades las llevas a cabo como persona física o persona moral", dijo el socio de la Práctica de Impuestos de la consultora KPMG, Alejandro Aceves.

Entre las actividades que puedes detallar están: Servicios profesionales, actividades comerciales, renta de casas o locales y  empleados o asalariados.

¿Quiénes son las personas físicas?

Esta persona jurídica se refiere a los individuos que tienen la posibilidad de prestar servicios, realizar actividades comerciales, arrendar bienes inmuebles y trabajar por salarios.

Por ejemplo, en el caso de que te des de alta en el SAT como persona física, debes considerar que existen varios regímenes de acuerdo con la actividad y el monto de los ingresos.

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¿Quiénes son las personas morales?

Aquí se hace regencia a una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil o una asociación civil, según detalla el SAT.

"De acuerdo con su objeto social, una persona moral puede tributar en regímenes específicos como: Personas morales del régimen general, con fines no lucrativos, asociaciones religiosas o morales del régimen simplificado.

Una vez que sabes el tipo de 'persona' que eres, debes inscribirte en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), para lo cual vas a necesitar iniciar tu trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente, dentro de los 10 días siguientes al envío de la solicitud, detalló el SAT.

Si ya cuentas con una cita previa, es preciso que lleves los siguientes documentos:

-Acta de nacimiento o constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

- Comprobante de domicilio

- Identificación personal

- Número de folio asignado (que se te proporciona al realizar el envío de tu preinscripción).

- Si eres una persona moral , necesitas una copia certificada del poder notarial con el que acredites la personalidad de representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades.

- Tratándose de personas morales, en lugar del acta de nacimiento deberán presentar copia certificada del documento constitutivo, debidamente protocolizado.

Una vez terminado este trámite, el SAT te entregará los siguientes documentos:

- Copia de la solicitud de inscripción

- Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Registro

- Guía de Obligaciones

- Acuse de Inscripción al RFC

Cumplidos los requisitos anteriores, podrás iniciar el pago de tus impuestos, pero ten en cuenta que éstos pueden realizarse de forma mensual o anual, dependiendo de la actividad que desempeñes, explicó el SAT.

Recuerda que el pago mensual se debe realizar antes del día 17 de cada mes; el anual -si eres persona moral- antes del 31 de marzo de este año, y si eres persona física antes del 3 de mayo. Para mayor claridad consulta el calendario de la consultora IDC Online .

Para evitar problemas como el rechazo de algún trámite o el envío de requerimientos y multas por parte del SAT, ten presentes algunos de los errores más frecuentes que cometen los contribuyentes:

- Al momento de darse de alta o inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

- Cuando presentan avisos por cambios en su situación fiscal.

- Relacionados con los comprobantes fiscales.

- Al deducir gastos.

- Cuando pagan sus impuestos o presentan declaraciones.

- Relacionados con la contabilidad

Para que no cometas dichos errores, consulta la página de internet del SAT en la sección de principiantes .

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