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¿Eres un payaso? Puedes deducir tu nariz

Los gastos que realices para desempeñar tu profesión, los puedes declarar ante el SAT; para hacer la deducción, presenta el comprobante de compra que realizaste y la factura respectiva.
mié 16 marzo 2011 06:00 AM
Los gastos que desees deducir en tu declaración anual, serán evaluados por un funcionario del SAT.   (Foto: Photos To Go)
payaso (Foto: Photos To Go)

No importa si eres payaso, escritor, contador, abogado o periodista. Al darte de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como persona física con actividad empresarial, debes analizar cuáles de los gastos que realices para generar ingresos pueden ser deducibles de impuestos.

"No importa qué tipo de profesión desempeñe el contribuyente, existen gastos que por la actividad que desempeñan pueden deducir de los impuestos, pero esto no significa que todo en lo que invierta será deducible", indicó el socio de la Práctica de Impuestos de la consultora KPMG, Alejandro Aceves.

Por ejemplo, si una persona física con actividad empresarial se dedica a ofrecer servicios como payaso en las fiestas infantiles, podrá deducir de impuestos el vestuario, maquillaje y otros artículos que son indispensables para desempeñar su labor, aclaró Aceves.

Si bien es cierto que un contador podría considerar que su traje debe ser deducible de impuestos, al igual que el payaso, la verdad es que para el primero el traje hace parte de su vestimenta, mientras que para el segundo se trata de una herramienta para obtener un sueldo, añadió el administrador general de servicios al contribuyente del SAT, Carlos Garza Cantú.

"Un contador, por ejemplo, se puede vestir como quiera para realizar su trabajo y el traje lo puede comprar de la marca que prefiera, mientras que un payaso necesita de unos zapatos específicos, un traje, maquillaje y accesorios para poder laborar, en ese caso el segundo podría incluir estos gastos en su declaración de impuestos", precisó el especialista del SAT.

En su caso, el contador podrá deducir los gastos que realice en papelería, computadoras, calculadoras, programas tecnológicos que le faciliten la realización de las cuentas, entre otros aspectos, explicó el vocero del SAT.

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Por extraños que parezcan, existen gastos que son indispensables para desempeñar un trabajo específico, los cuales pueden ser deducibles de impuestos, siempre y cuando la persona presente los comprobantes como la factura y el recibo de pago por transferencia electrónica o tarjeta de crédito.

Algunos de los gastos que pueden ser deducibles de impuestos, según la profesión que se realice son:

  • Papelería
  • Computadoras
  • Software
  • Grabadoras de voz
  • Libros
  • Herramientas
  • Maquillaje
  • Pelucas
  • Aros de circo
  • Artículos de deporte
  • Cámaras de video
  • Micrófonos
  • Consolas de sonido
  • Guitarras

"Lo que te permite la ley es que puedas deducir aquello que requieres para generar tus ingresos, entonces puedes deducir todos los elementos estrictamente indispensables para desempeñar tu actividad", indicó Garza Cantú.

Considera que en caso de que requieras de una indumentaria, vestimenta o materiales específicos para desempeñar una profesión y los incluyas en tu declaración de impuestos, es posible que no sean aceptados al momento de que un funcionario del SAT evalúe tus documentos.

"No existe una lista de qué puede ser deducido según la actividad que desempeña cada persona física, por lo que siempre se hace una revisión para determinar si lo que desea deducir el contribuyente es válido en su caso, por esta razón es importante que se incluyan cosas estrictamente indispensables para ejercer una profesión", detalló el directivo.

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