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Evita que te 'chamaqueen' tus utilidades

Algunas empresas recurren a diversos recursos para evitar otorgar este derecho a sus trabajadores; en ocasiones omiten el pago u otorgan una cantidad inferior a la que corresponde.
jue 29 mayo 2014 06:00 AM
El empleado puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. (Foto: Getty Images)
dinero

El reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores que suele ser vulnerado por los empleadores. 

Este consiste en la participación que deben tener los trabajadores de las ganancias del patrón para el cual laboran.

Hay excepciones para este derecho, como los empleados domésticos, directores y gerentes generales y aquellos que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que haya una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Además, la Ley Federal del Trabajo exenta de la obligación a las empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, y a las que su capital sea menor al fijado por la Secretaría del Trabajo por ramas de la industria.

Las empresas obligadas a otorgar el reparto de utilidades deben hacerlo a los trabajadores que trabajaron al menos 60 días en un año. Según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), la mitad de las utilidades que recibirá el empleado se calcula con base en los días trabajados y la otra mitad a partir del monto de los salarios percibidos.

Sin embargo hay empresas que utilizan ciertos mecanismos para darle la vuelta al reparto, según el experto en derecho laboral Jorge Sales Boyoli.

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1. Contratación vía outsourcing. La subcontratación es un recurso legal con el que el patrón dosifica o controla la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, conocido como PTU.

Algunas compañías mandan una cantidad de dinero a la firma de tercerización para que ésta la reparta como PTU.

“Es el recurso más socorrido de los patrones porque no es ilegal y obedece más bien a una estrategia de las empresas y a la percepción generalizada de que esta prestación es anacrónica porque premia a los trabajadores en función de la utilidad fiscal de la empresa, cuando en estos tiempos modernos esa utilidad en muchas ocasiones obedece a estrategias fiscales en las que el trabajador poco tiene qué ver con su esfuerzo, como era antes en una fábrica”, dijo el socio fundador y director general del bufete Sales Boyoli.

2. Omisión. La empresa o patrón pasa por alto el reparto de ganancias. En este caso el trabajador tiene el derecho de reclamar ante la Secretaría del Trabajo y pedir que el empleador acredite si hubo o no utilidades.

“El argumento de que no hubo utilidades a veces resulta difícil de sostener porque fiscalmente hay que presentar una declaración ante Hacienda y tiene un rubro que dice PTU a repartir, y ahí el patrón no tiene mucha salida cuando la información se amarra”, indicó el especialista.

3. Menos dinero del que corresponde. La determinación individual de las utilidades se basa con los días trabajados y con el monto de los salarios percibidos, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

Para saber si la ganancia repartida es la correcta, el empleado puede acudir a la Secretaría del Trabajo también, recomienda Sales Boyoli.

Artículo relacionado: ¿Cómo saber si recibiré utilidades?

¿Se salen con la suya quienes crean nuevas razones sociales para evitar el reparto? Según el experto formado en la Universidad Panamericana es difícil sostener una estrategia así en un litigio.

“Una empresa es una unidad económica. Si yo le cambio la razón social a mi fábrica, pero sigue estando en el mismo lugar, con los mismos empleados y sigue produciendo los mismos bienes, pues evidentemente que tendré que repartir la utilidad de esa empresa, aunque se llame distinto”, explicó.

Los empleados que trabajan para una empresa y que tienen derecho al reparto de utilidades deben recibir el recurso a más tardar el 30 de mayo. Para los que laboran para una persona física el límite es el 29 de junio.

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