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8 impactos al bolsillo con Ley Telecom

La legislación trae beneficios tangibles para tu cartera que se verán a corto y largo plazo; entre los cambios: eliminación de larga distancia, roaming, cobro por segundo y vigencia de saldo.
jue 10 julio 2014 06:03 AM
América Móvil indicó que está entre los operadores con tarifas más bajas porque la OCDE realizó cambios en su análisis sobre este tema. (Foto: Photos to Go)
telefono celular (Foto: Photos to Go)

La reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, cuyas leyes secundarias fueron aprobadas por el Congreso este miércoles, tendrá impactos directos en tu bolsillo, y algunas medidas se implementarán al día siguiente de que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

“Lo que no será inmediato serán los beneficios en el gasto de los mexicanos”, aseguró la Coordinadora de Advocacy del Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (OBSERVACOM), Aleida Calleja, pues algunas medidas tardarán meses en aplicarse.

Estos son algunos aspectos de la ley que te beneficiarán como usuario y pueden tener efectos positivos en tu gasto. Tómalos en cuenta para exigir tus derechos a los proveedores de telefonía celular:

1.- Portabilidad. Dentro de los 60 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la Ley Telecom, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) establecerá las reglas que eliminen los requisitos que retrasen o impidan que puedas cambiar tu teléfono de proveedor de servicios, es decir: hacer efectiva la portabilidad numérica .

El cambio que anteriormente podría tardarse hasta 10 días, hoy demorará máximo 24 horas a partir de tu solicitud, sólo es necesario presentar tu identificación oficial y tu manifestación de voluntad.

“Ya no te pedirán el papelito verde, la factura del refrigerador ni los apuntes del cuaderno de historia”, aseguró el Presidente del Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET), Gerardo Osoria.

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2.- Costo de larga distancia. A partir del 1 de enero de 2015 ya no pagarás ningún costo extra por la larga distancia nacional , cualquier llamada local o móvil se cobrará como llamada nacional. De acuerdo con el IDET los ahorros que se generarían ahorros por el total de usuarios de 22,000 millones de pesos al año.

“Los cargos de larga distancia ya no tienen ninguna justificación tecnológica y la competencia por sí sola no iba a eliminar este costo, así que tenía que establecerse en la Ley”, dijo Gerardo Osoria.

3.- Cobro de roaming. Debido a la configuración que tiene México, los usuarios cuentan con una cobertura en un área de servicio a la que pertenece su número telefónico, pero si sale de su área y no tiene cobertura, otro concesionario podrá prestarle el servicio con la condición de realizarle un cargo adicional por el uso de su red, a esto se conoce como roaming.

La única empresa que tiene la prohibición de cobrar roaming es América Móvil , por ser un agente preponderante. “Sin embargo, los demás operadores sí podrán cobrarlo, aunque seguramente se verán forzados competitivamente a no hacerlo”, dijo Osoria.

4. Cobro por segundo. La Ley obliga a los concesionarios a incluir dentro de su oferta comercial, planes y tarifas el cobro por segundo sin perjudicar a otros planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, capacidad o cualquier otra modalidad.

“La baja en las tarifas dependerá de los mecanismos e indicadores que establezca el Instituto Federal de Telecomunicaciones y de que entren más jugadores a la competencia, pero esto puede tardar un poco de tiempo”, aseguró Aleida Calleja.

Además la Ley estipula que el usuario tendrá bonificaciones o descuentos en sus tarifas si hay fallas en el servicio o cargos indebidos conforme al contrato o cuando así lo determine la autoridad competente.

Si se trata de defender los derechos del usuario será la Procuraduría Federal del Consumidor quien intervenga y si se trata de calidad en el servicio intervendrá el IFT.

5.- Vigencia de saldo. Si no recargabas tu teléfono celular en dos o tres meses, el saldo que tenías era consumido automáticamente por la compañía telefónica. En cuanto la Ley se publique en el DOF tu saldo de prepago durará por lo menos un año. Además ningún proveedor de servicio de telefonía puede cobrarte por consultar tu saldo.

“Tal vez en dos o tres años la pésima calidad del servicio se revierta y tengamos mejor servicio en menor precio debido a la competencia”, dijo Osoria.

6.- Contratos. Con la aprobación de la Ley tendrás el beneficio de cancelar tu contratodentro de los 60 días naturales siguientes, sin penalizaciones cuando tu proveedor de servicio modifique las condiciones originalmente contratadas. Deberás ser notificado por cualquier medio de cualquier cambio a las condiciones que originalmente contrataste.

Y si tu teléfono está en plan y quieres cambiar de proveedor de servicios deberás esperar a que termine tu contrato o pagar el costo total de tu equipo para realizar el cambio.

7. Ventajas para personas con discapacidad. Las personas con discapacidad motriz, visual y auditiva deberán contar, si así lo solicitan, con equipos terminales que tengan funcionalidades programas o aplicaciones que permitan su uso; sin embargo, no se sabe si esto tendrá un costo extra para los usuarios.

8. Must carry y must offer. Los concesionarios que presten servicios de televisión abierta (Televisa y TV Azteca y próximamente las dos nuevas cadenas) están obligados a permitir a los concesionarios de televisión restringida o de paga la transmisión de su señal de manera gratuita y no discriminatoria, en forma íntegra, simultánea y sin modificaciones.

Y las televisoras de paga deberán retransmitirla en las mismas condiciones. Si eres suscriptor de televisión de paga, tendrás derecho a ver los canales de tele abierta sin costo adicional.

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