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Nada prohíbe al Presidente o a su gabinete viajar juntos

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mar 13 abril 2010 07:00 AM
avion presidencial vuelos juntos
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La muerte del presidente de Polonia , Lech Kaczynski, y parte de su gabinete en un accidente aéreo el fin de semana, provoca preguntar si en México existe una legislación o un protocolo que impida a funcionarios volar en un la misma aeronave.

Desafortunadamente, en el país no existe una prohibición para que el titular del Ejecutivo y su gabinete viajen juntos.

“Es un grave problema, en los protocolos no está establecido que el Presidente o su gabinete, incluso integrantes del Poder Legislativo o Judicial, no viajen en el mismo vehículo”, señala Mireille Roccatti, investigadora de la Maestría de la Escuela de Graduados en Administración Pública y Políticas Públicas EGAP del Tecnológico de Monterrey Campus Estado de México.

En entrevista con CNNMéxico, la doctora Rocatti explica que parte de este problema, puede deberse a un “ahorro”, sin tomar en cuenta los riesgos que en un escenario probable pueden presentarse.

“En muchas ocasiones el mandatario viaja con parte de su gabinete, ya sea por cuestiones de trabajo o de economía. Hay que recordar que el desplazamiento de un avión no es nada barato, el combustible es caro; pueden existir muchas razones pero este tipo de ahorro es mal entendido”, explica la también ex presidenta de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

En el libro El Estado Mayor Presidencial, cumplir con institucionalidad, publicado en 2006, se establece que la Coordinación General de Transportes Aéreos Presidenciales "es la encargada de la planeación, ejecución, supervisión y coordinación de las operaciones aéreas y demás actividades inherentes que satisfagan las necesidades de transporte aéreo eficaz y seguro del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de los servidores públicos y otras personalidades, así como del personal del propio organismo".

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Sin embargo, al consultar a autoridades de esta dependencia sobre qué tipo de contingencias pueden resolver o qué tipo de entrenamiento reciben, rechazaron que sean ellos o la Secretaría de la Defensa Nacional los encargados de este tipo de protección.

El capitán Miguel Ángel Valero, del Colegio de Pilotos Aviadores de México  también menciona que no existe una ley que impida que funcionarios públicos vuelen en la misma aeronave, pero sí existen ciertas reglas de aviación que deben cumplirse.

En principio, señala el capitán Valero, por ley decretada en el sexenio de Luis Echeverría, el presidente no puede viajar en un avión comercial y los pilotos que estén al mando de las aeronaves presidenciales, cuentan con la misma experiencia que la de un piloto comercial.

“Los pilotos están adiestrados para volar con gente, con cargamento, sin importar si son vuelos comerciales, privados o institucionales. La prioridad de los pilotos es realizar un viaje seguro, en condiciones óptimas”, explica el presidente del Colegio.

Sobre la actualización de estándares y capacitación a los que son sometidos de los pilotos, Miguel Ángel Valero explica que por lo menos una vez al año deben realizar exámenes para la revalidación de su licencia de vuelo.

Para las aeronaves, explica el capitán, existen dos tipos de mantenimiento: el preventivo, que es cada 300 horas de vuelo, y por calendario, que es cada tres meses.

Estas mismas reglas deben ser aplicadas en la flotilla presidencial.

El mismo libro del Estado Mayor Presidencial se explica que la flota aérea presidencial se integra actualmente por 15 aeronaves, 8 aviones y 7 helicópteros, los cuales, por sus variadas características, tienen la capacidad de efectuar múltiples tipos de operaciones aéreas, tanto en aeropuertos internacionales, nacionales y aeródromos, como en helipuertos en toda clase de terrenos y plataformas petroleras, incluso anaveajes en buques de la Armada de México.

¿Quién queda al frente de la Presidencia en caso de un deceso?

Tras el accidente aéreo donde el presidente polaco perdió la vida, el jefe del Parlamento, Bronislaw Komorowski, tomó posesión como presidente interino de Polonia y se convocó a elecciones inmediatas.

La legislación polaca establece una presidencia interina , pero en el caso de México, ni siquiera esta situación está contemplada.

De acuerdo con la doctora Rocatti, en 1856, el presidente Ignacio Comonfort designó como titular de la Secretaría de Gobernación a Benito Juárez. La revuelta del Plan de la Ciudadela durante la guerra de reforma, obligó al mandatario a abandonar la capital y al ser Benito Juárez titular de la Suprema Corte, quedó como presidente sustituto de la República, como lo estableció la Constitución de 1857.

Sin embargo, con los cambios legislativos esta figura dejó de existir y su discusión se ha postergado.

“En la actualidad, si algo como lo de Polonia pasara en México, tendríamos un grave problema porque hay tantas posturas controvertidas, que impedirían la decisión de quién debe asumir el cargo”, señala Rocatti.

“Se necesita una reforma constitucional que permita esta figura, en caso de que alguna vez pasara esta tragedia”, concluye la investigadora.

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