La Suprema Corte declara constitucional el divorcio 'exprés' en México
El máximo tribunal mexicano validó este martes las modificaciones legales que permiten a los matrimonios de la Ciudad de México divorciarse por la solicitud de un solo cónyuge y sin justificar la decisión ante la ley.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó mediante un comunicado que su primera sala declaró constitucionales las reformas realizadas en octubre de 2008 por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en las cuales se retira la obligatoriedad de las causas legales de divorcio y se sustituyen los juicios de divorcio por trámites de sentencia judicial.
La validación de la Suprema Corte ocurrió debido a que una mujer solicitó un amparo contra el divorcio logrado por su esposo gracias a estas reformas. La demanda de la mujer argumentó que este tipo de divorcio viola las protecciones constitucionales a la organización y el desarrollo de la familia.
De acuerdo con el comunicado de la Corte, los ministros argumentaron que “al suprimirse el divorcio necesario y sus causales, no se atenta contra la familia ni la sociedad”, ya que el Estado solo reconoce una “situación de hecho” derivada de la voluntad de los cónyuges de no permanecer unidos que “legalmente debe respetarse”.
Los ministros también detallaron que las partes pueden recurrir a la reforma cuando haya un juicio de divorcio en trámite, siempre y cuando se solicite únicamente disolver el vínculo matrimonial y no otras acciones como la pérdida de la tutela de los hijos o el pago de alimentos.
El divorcio exprés de la Ciudad de México requiere que los solicitantes hayan cumplido al menos un año de casados, que uno de los cónyuges quiera divorciarse y que tengan su último domicilio en el Distrito Federal.