La reforma del fuero militar aplicará en los casos pasados de abusos
La restricción al fuero militar supone un triunfo histórico en la defensa de los derechos humanos, cuyo dictamen también aplicará en casos pasados para que puedan juzgarse en cortes civiles.
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordena que el legislativo apruebe una reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar , que actualmente establece que los delitos cometidos por militares sean revisados de manera exclusiva en un tribunal afín.
El decreto de la Corte implica que las investigaciones de violaciones de los derechos humanos que están ahora en el fuero militar sean remitidas al fuero civil, explicó Sergio Méndez, director del Área de Defensa de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDF).
La medida de la Corte es una ratificación de la sentencia emitida en 2009 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) por el caso Rosendo Radilla, un mexicano que en 1974 fue víctima de desaparición forzada a manos de militares.
Esa sentencia, dijo Méndez, establece criterios generales de cómo deben actuar los jueces y en general las autoridades del Estado mexicano por violaciones a derechos humanos cometidas por las fuerzas armadas.
La CMDPDH es la organización civil que impulsó el caso de Radilla ante la CoIDH, que finalmente encontró culpable al Estado mexicano del delito y ordenó evitar que se repitieran hechos del mismo tipo.
Los delitos juzgados bajo el fuero militar
“Ni siquiera la propia sentencia del caso Radilla es única y exclusivamente sobre el caso de Don Rosendo. Hay una orden para cumplir una sentencia que se basa en la necesidad de dar prioridad a criterios internacionales que en ningún caso aceptan que violaciones a derechos humanos puedan ser juzgados en tribunales militares”, dijo a CNNMéxico el abogado del caso.
"A menos que sean delitos de fallas a la disciplina militar con relación al mando superior, como desobediencia o deserción, los delitos serán una cuestión de tribunales civiles", dijo José Antonio Ibáñez, coordinador del programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana (UIA).
El máximo tribunal determinó que mientras el legislativo reforma el artículo 57, el poder judicial puede declarar inconstitucional su aplicación y sólo será la SCJN la que revise y atienda los casos de violaciones de derechos humanos por parte de las fuerzas armadas.
Además de otros casos con sentencia ante la CoIDH contra el Estado mexicano como el de Inés Fernández y Valentina Rosendo , dos mujeres indígenas violadas por soldados en el 2002, y el de Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera , dos ecologistas torturados el 1999 por el ejército en Guerrero, encarcelados y condenados con cargos falsos; hay por lo menos 1,693 denuncias de abusos cometidos por fuerzas armadas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Organizaciones civiles han denunciado otros casos. Uno de los más recientes es el de Jethro Ramsés Sánchez Santana , quien tras haber sido detenido por policías, fue entregado a militares. Desde entonces su familia no lo volvió a ver.
El papel de los jueces
La SCJN ordenó que todos los jueces den prioridad al momento de emitir sentencia a los tratados internacionales ratificados por México en cuanto a derechos humanos.
Esta decisión se basa en las recientes reformas del artículo 1 de la Constitución , en donde en la sección De los Derechos Humanos y de las garantías de la Carta Magna quedará escrito que se elevan a rango constitucional los derechos humanos de tratados internacionales adscritos y ratificados por México.
“Somos un país que jurídicamente observa mucho hacia dentro, de alguna u otra manera es un país que se resiste a acatar los señalamientos de cualquier observador internacional y esta reforma en derechos humanos surge de una ola internacional que logró abrir un sistema jurídico como el nuestro hacia el paradigma de los derechos humanos”, dijo el académico de la Universidad Iberoamericana.
México ha celebrado desde 1836, por lo menos 47 tratados multilaterales en materia de Derechos Humanos, según la base de datos de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).