El rechazo a proteger la vida desde la concepción avanza en la Corte
El rechazo a la reforma del estado de Baja California que plantea la protección de la vida desde la concepción avanzó este martes durante la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
La sesión de la Corte concluyó con cinco votos en contra y tres a favor.
Dado que la SCJN está constituida por 11 ministros, aún faltarían tres votos para determinar si se decreta como anticonstitucional la reforma bajacaliforniana.
Se espera que las opiniones jurídicas de los otros ministros se emitan durante el miércoles.
Pese no haber llegado al pleno, una reforma similar aprobada en 2009 en el estado de San Luis Potosí está pendiente de discutirse tras agotar el análisis del caso de Baja California.
Este martes, los magistrados Olga Sánchez Cordero, Margarita Luna, Sergio Valls, José Ramón Cossio y Guillermo Ortiz Mayagoitia, tuvieron la oportunidad de dar a conocer sus puntos de vista respecto al proyecto de resolución que fue expuesto el lunes por el magistrado Fernando Franco que señala como inconstitucional la reforma al artículo 7 de la constitución bajacaliforniana.
Ortiz Mayagoitia y Luna se manifestaron en contra del proyecto de Franco, lo cual se sumó al voto en contra del lunes del ministro Luis Aguirre Anguiano.
Los ministros que faltan de emitir su pronunciamiento son Mario Pardo, Arturo Zaldívar y el presidente Juan Silva Mesa.
Los argumentos
Si bien el ministro José Ramón Cossio Díaz votó por la inconstitucionalidad de la reforma, se manifestó contra algunos puntos del proyecto como la definición jurídica de la persona no nacida y la interpretación del artículo 4 de la Convención Americana de Derechos Humanos .
En su exposición, el ministro mostró su preocupación porque al darle un derecho al producto de la concepción, “cancela cualquier posibilidad de diálogo” entre los derechos de las mujeres y el del producto.
El magistrado Sergio Valls consideró que no hay facultad en las entidades federativas para reconocer o ampliar derechos humanos, porque el respeto a éstos es obligatorio en la Constitución. Se manifestó en contra de que los estados definan jurídicamente en qué momento inicia la vida de un ser humano.
“Las constituciones locales no pueden so pretexto de tutelar particularmente un derecho, restringir y menos aún anular los demás derechos previstos a nivel federal, ni tampoco retroceder en el reconocimiento progresivo de dichos derechos, pues existen esferas de libertades que la acción pública no puede rebasar”, dijo Valls.
Sánchez Cordero por su parte, señaló que la reforma constitucional bajacaliforniana restringía no sólo los derechos de las mujeres, sino de los mexicanos en general, sobre todo porque no dan certeza a los ciudadanos sobre cómo y cuándo pueden ejercer sus derechos.
En este sentido indicó que al desconocerse en qué momento un anticonceptivo puede inhibir la fecundación u obstaculizar la implantación, “no sabrá en qué casos está ejerciendo un derecho a utilizar un método anticonceptivo y en qué otros casos estará cometiendo un delito privando la vida de otra persona”.
Ortiz Mayagoitia, quién votó a favor de la reforma de Baja California, consideró que las normas constitucionales locales que establecen el derecho a la vida, no pueden ir en contra de la Constitución federal, sino que son complementarias, ya que dijo, la carta magna no va en contra de la protección de la vida.
“No parece haber oposición al reconocimiento del derecho a la vida, pero hay una insistente argumentación para evitar reconocerla en todas sus dimensiones”, dijo.