Calderón pide cumplir sentencias de derechos humanos tras reunión con CIDH
El presidente mexicano, Felipe Calderón, instruyó a su gabinete cumplir con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) antes de que concluya su administración, en el 2012, en el marco de una reunión con el relator de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Rodrigo Escobar Gil, informó la Presidencia en un comunicado.
En el encuentro con Escobar Gil, el presidente agradeció la disposición de la Comisión para capacitar jueces y magistrados mexicanos en la aplicación de los estándares internacionales en materia de derechos humanos, indicó la agencia EFE.
Por otra parte, el relator “destacó el respaldo de México a la autonomía de la Comisión Interamericana”, y reconoció los esfuerzos del gobierno mexicano para garantizar los derechos humanos en el país.
A principios de junio, Calderón promulgó una Reforma para que los derechos humanos ratificados por el Estado mexicano en tratados internacionales tuvieran rango constitucional. Estas modificaciones fueron discutidas en el Congreso por más de tres años y en marzo de 2011, finalmente fue avalada por ambas cámaras.
Un mes después, los ministros de la Suprema Corte de Justicia fallaron por unanimidad que el Estado mexicano está obligado a cumplir con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siempre y cuando el resolutivo obligue a una acción.
De acuerdo con el sitio de la Corte, durante el sexenio de Calderón se han emitido ocho sentencias por diversos casos contra México.
Uno de ellos por “la presunta desaparición forzada” del activista Rosendo Radilla Pacheco en 1974 a manos del Ejército en el estado de Guerrero.
Según la Comisión Interamericana, México no estableció el paradero de la supuesta víctima ni sus restos fueron encontrados. “De acuerdo a lo alegado por la Comisión, (a) más de 33 años de los hechos, existe total impunidad ya que el Estado no ha sancionado penalmente a los responsables, ni ha asegurado a los familiares una adecuada reparación”, dicen los antecedentes de la sentencia de la Corte.
A partir de ese hecho, la CoIDH condenó a México el 23 de noviembre de 2009 a reformar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, relativo al fuero de guerra cuando se denuncien delitos de desaparición forzada.
La CoIDH instó al Estado mexicano a adecuar el Código de Justicia Militar a "los estándares internacionales en la materia y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos", según reportó la agencia EFE.
Y en julio de este año, tras modificaciones a la Constitución, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los militares podrían ser juzgados por tribunales civiles en caso de violar derechos humanos.
En otro caso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló en una sentencia en diciembre de 2009 que el gobierno de México no garantizó la vida , la integridad y la libertad de las mujeres asesinadas en Ciudad Juárez, Chihuahua.
Por ello, la CoIDH pidió al Estado mexicano asumir su responsabilidad, crear un protocolo para la investigación de los casos, indemnizar a los familiares y condenar a los responsables de los asesinatos, entre otras medidas.
A diciembre de 2010, de las 15 disposiciones a cumplir oficialmente sólo una estaba terminada: la publicación de la sentencia en el Diario Oficial de la Federación, mientras que otras dos estaban en proceso: la indemnización y la construcción de un memorial. El Estado mexicano tenía como plazo un año para cumplir varios de estos puntos tras la sentencia. Otros, como la capacitación de funcionarios en cuestiones de género, podían esperar hasta tres años.
También están los casos de las indígenas mep’haa Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú por violación sexual y tortura cometidas en su contra por elementos del Ejército mexicano, cuya sentencia se emitió en agosto de 2010 y de Teodoro Cabrera García y Rodolfo Montiel Flores, campesinos quienes fueron detenidos por militares el 2 de mayo de 1999 y quienes, según la CIDH, fueron torturados y obligados a firmar una declaración en la que se decían responsables de portar armas de uso exclusivo del Ejército , cosechar marihuana y pertenecer al grupo guerrillero Ejército Popular Revolucionario.