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La CNDH pide que delito de perturbación en Veracruz sea inconstitucional

La Comisión de Derechos Humanos pidió a la Suprema Corte la inconstitucionalidad del delito de perturbación del orden público en Veracruz
mar 18 octubre 2011 03:44 PM
veracruz libertad tuiteros
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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó este martes una demanda de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra el delito de perturbación del orden público, aprobado en septiembre en Veracruz, estado del sureste mexicano .

El delito fue agregado al Código Penal de Veracruz por iniciativa del gobernador Javier Duarte, con el objetivo de reducir la pena a dos tuiteros detenidos días antes bajo acusaciones de terrorismo , por propagar información falsa que alertaba de secuestros, amenazas de bomba y ataques contra una escuela primaria.

El supuesto penal permite sancionar a una persona que “por cualquier medio afirme falsamente la existencia de aparatos explosivos u otros; de ataques con armas de fuego o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud, ocasionando perturbación del orden público”.

La CNDH fundamentó su solicitud de inconstitucionalidad en que el delito contradice los derechos de legalidad, seguridad jurídica, aplicación exacta de la ley y libertad de expresión, establecidos en la Constitución mexicana y en otros tratados internacionales.

El organismo de Derechos Humanos hizo énfasis en que la disposición legal carece de los principios básicos de claridad, congruencia y precisión.

El delito no precisa la conducta que sanciona, debido a lo genérico que resulta la acción “afirmar falsamente”, detalló la CNDH. La legislación tampoco precisa el medio para tener esa acción por demostrada, ya que la indicación “por cualquier medio” dejaría el alcance de ese concepto a la libre interpretación del juzgador, agregó el organismo.

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Además, la persona procesada por perturbación del orden público no tiene la posibilidad de saber el motivo de la prohibición, lo que representa “una situación jurídicamente inadmisible e incompatible con un sistema o Estado de Derecho”, asegura la CNDH.

El delito fue autorizado por el Congreso de Veracruz el 20 de septiembre pasado, con el objetivo de reducir el castigo contra María de la Luz Bravo y Gilberto Martínez, quienes fueron liberados a un día después de la aprobación, cuando el gobierno retiró los cargos en su contra. Los legisladores acordaron que este delito sería considerado no grave e implicaría penas de entre uno y cuatro años de cárcel o multas de entre 29,000 y 59,000 pesos.

El gobierno de Veracruz justificó la propuesta de creación de este ilícito, al afirmar que buscaba atender las “peticiones” de un menor castigo para los tuiteros detenidos, luego de que organismos de derechos humanos, activistas y ciudadanos criticaron fuertemente a la administración de César Duarte.

La reforma al Código Penal impulsada por el gobierno de Veracruz ha sido criticada por usuarios de redes sociales, quienes la consideran un recorte a la libertad de expresión.

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